top of page

Decisión a favor de Petro en la CIDH ¿qué sigue?

Por: Laura Cano. Periodista Pares.


Desde el 09 de diciembre e 2013 la Procuraduría General de la Nación, en ese momento en cabeza de Alejandro Ordoñez, tomó la decisión de destituir e inhabilitar al entonces alcalde de Bogotá por 15 años. La determinación llegó después que la entidad informara que durante la gestión de Petro se “provocó crisis y caos en el mes de diciembre de 2012, además, de la incorrecta prestación del servicio de aseo por la utilización de volquetas hasta el mes de julio de 2013 y el riesgo de que los vehículos compactadores que adquirió la ciudad se perdieran, todo ello atribuible a la manifiesta incapacidad del Acueducto de Bogotá y la empresa Aguas de Bogotá. Así mismo, se probó que las decisiones del señor alcalde mayor de Bogotá vulneraron el principio de libertad de empresa y pusieron en riesgo el medio ambiente y la salud humana de los habitantes de Bogotá”.


Tras esto, Petro apeló la decisión, además, con un apoyo que se hizo sentir fuerte en la Plaza de Bolívar una vez tomada la decisión. No obstante, en enero de 2014, la Procuraduría se pronunció y dejó la sanción en firme. Hecho por el que el exalcalde acudió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), argumentando que este caso obedecía a una persecución política. Dos meses después, en marzo, el organismo ordenó medidas cautelares para evitar que Petro fuera destituido.


En este escenario tuvo relevancia el apoyo ciudadano a Petro durante el proceso, que, incluso, por medio de este y de una tutela que se interpuso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca tuvo que ordenar ponerle freno a la destitución. Sin embargo, en otro vaivén y en segunda instancia, el Consejo de Estado revocó esa decisión y, además, Santos, presidente del país para ese momento, ordenó a Petro la salida de la Alcaldía de Bogotá. Ahí una nueva demanda se interpuso por parte del exalcalde ante el Consejo de Estado.


Esto dio paso a que en mayo de 2014 desde el Consejo de Estado se blindara al exalcalde para que pudiera retornar a su cargo, aun cuando la Procuraduría había presentado un recurso de súplica. Sin embargo, no pasó mayor cosa hasta finales de 2017, cuando la Sala plena del Consejo de Estado tumbó el fallo, sosteniendo que Ordóñez no tenía cómo comprobar la mala intención de Petro con el cambio del esquema de basuras de Bogotá. Desde ese momento hasta ayer el caso iba ahí.


Un nuevo capítulo en el caso de Petro


Hace poco se conoció que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró responsable al Estado colombiano por las violaciones a los derechos políticos de Gustavo Petro. Ante esto, la organización encargada de la protección de los Derechos Humano en América Latina ordenó varias cosas.


En primer lugar, la Corte indicó que: “en el proceso disciplinario seguido contra del señor Petro se violó el principio de jurisdiccionalidad, la garantía de imparcialidad, el principio de presunción de inocencia, y el derecho a la defensa. En consecuencia, la Corte concluyó que el Estado es responsable por la violación al artículo 23 de la Convención Americana en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, y por la violación a los artículos 8.1 y 8.2.d, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento”.


Por esto, se estableció el pago de «indemnizaciones compensatorias», por una parte, por las sumas monetarias fijadas en la sentencia por los conceptos relativos al daño inmaterial; y, por otro lado, por el reintegro de gastos y costas. Así, se dispuso que fueran 10 mil y 18 mil dólares, respectivamente. Monto que deberá asumir la Nación. Además de esto, también se solicitó “publicar el resumen oficial de la Sentencia una sola vez en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional, y 2) publicar la Sentencia en su integridad en el sitio web oficial de la Procuraduría General de la Nación”.


Frente a esto Petro a través de una rueda de prensa dada este miércoles, aseveró que Ordóñez es el responsable directo de esta violación a los derechos políticos y de participación, por lo que resaltó que: “En Colombia existe el procedimiento por medio del cual el Estado recupera lo que paga de indemnización por vía del pago del responsable directo y físico del hecho, que en este caso es Ordóñez”.


A esto se suma una de las una de las peticiones que más ha causado discusión, pues como garantía de no repetición se solicitó adecuar el ordenamiento interno de la Procuraduría respecto a la Sentencia, para así evitar que funcionarios elegidos a través de voto popular sean destituidos o inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas.


Esto, partiendo de que la Corte: “concluyó que la vigencia de las normas que facultan a la Procuraduría a imponer dichas sanciones a funcionarios democráticamente electos –como fue el caso del señor Petro- así como aquellas que tienen el efecto práctico de producir una inhabilidad en el ejercicio de los derechos políticos como resultado de una decisión de la Contraloría, constituyen una violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.


Según el procurador general, Fernando Carrillo Flórez, la sentencia de la CIDH contra Estado colombiano puede llevar ajustes normativos, pero NO para beneficiar funcionarios de elección popular que han actuado indebidamente.


Ante esta decisión, Sebastián Mora, investigador de la Línea de Democracia y Gobernabilidad de Pares analizó que: “Hay, por un lado, repercusiones muy grandes porque obliga al Estado colombiano a cambiar estructuralmente el funcionamiento de dos órganos de control, los cuales, bajo la visión de la Constitución del 91 eran una novedad para apostarle al control de corrupción a los cargos del Ejecutivo, en su mayoría. No obstante, esa decisión también viene amparada por la protección de los derechos políticos, de votar y ser elegido, los cuales están enmarcados en el continente en la Convención Americana. Así que se resalta ese derecho a la participación como un derecho humano”.


Por su parte, el senador nombró en medio de la rueda de prensa que la corrupción, uno de los casos más comunes en los que entraba a actuar la Procuraduría, deberían ser tramitados a través de la Fiscalía como delitos, más no como irregularidades, valorando así este tipo de hechos desde lo judicial, más no desde lo político.


“Al dejar este tipo de problemas a autoridades políticas, lo que se construyó en Colombia fue un sistema de extorsión política. Porque lo que hacen algunos procuradores y contralores regionales es pedir el ‘CVY’ en el proceso de corrupción que ha detectado y dejarlo en la impunidad. Así es como se está haciendo la política en Colombia” señaló el investigador.


Con esto vale la pena mencionar que sería el nuevo procurador o procuradora quien esté a cargo de asumir este cambio y buscar nuevas formas de control y sanción, pues el periodo de Fernando Carrillo está culminando, y ahora, con este hecho se hace urgente evaluar el trabajo de la Procuraduría para que quien llegue a su dirección vele mediante las herramientas dispuestas a hacer un verdadero, responsable y juicioso trabajo de veeduría sin atender a favores e intereses personales. Lo que con el actual panorama en la competencia por la dirección de la Procuraduría se ve incierto, con la mayoría de escenarios a favor de Margarita Cabello, y por esa vía, también de Iván Duque.

bottom of page