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Lecciones del patrullero Ángel Zuñiga

Por: Walter Aldana. Colaborador Pares.


“Soy policía para proteger a los ciudadanos, no para ser abusivo contra ellos», expresó con llanto el joven patrullero Ángel Zúñiga. Se podría echar mano para evaluar el comportamiento de este agente policial, del marco de la obediencia debida, donde se jura cumplir la constitución y la obediencia legal (entre lo debido y lo ilegal), en donde también se encuentran los abogados acusadores y defensores.


Yo me quedo con lo que determina para estos casos nuestra Carta Magna, la Constitución Política de Colombia que en su artículo 95, numeral 2, reza sobre los funcionarios públicos: “Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas”.


Y es que Zuñiga nació y se crió en Totoró, Cauca, departamento en el que sabemos y padecemos el abandono estatal, la deuda social del poder central, la falta de oportunidades y la fórmula “mágica” como sacada del sombrero del mago cada vez que se presenta un problema de orden público: “el aumento del pie de fuerza y el pago de recompensas”, en una sociedad donde la inteligencia de la fuerza pública no funciona y entonces se pretende volver sapos a sus habitantes.


Indigna que un funcionario ordene este operativo, sin tener definidas las alternativas, y que se de en este tiempo de pandemia, desconociendo el mandato nacional de prohibir desalojos y trasteos; el agente podría haberse escudado en esa orden y en la “legalidad” de la misma, que es diferente a la “legitimidad”, sobre la que él se respaldó recurriendo a su formación desde casa y en el entorno comunitario, sin desconocer la legalidad que el artículo 95 de nuestra constitución determina. En todo caso, patrullero Ángel, tiene razón, como diría San Agustín: “la autoridad deviene de la justicia”.


Walter Aldana Quiceno //walteraldana2@gmail.com

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