Por: Mateo Quintero, Redacción Pares
Este jueves la Corte Constitucional mantuvo intacto el parágrafo del artículo 38 de la Ley 734 de 2002 y parcialmente la Ley 610 del 2000. Esta ley impide ocupar cargos públicos a las personas que han sido declaradas fiscalmente responsables por la Contraloría General de la República.
Esta decisión de la Corte podría afectar la curul obtenida mediante el estatuto de oposición del actual Senador Gustavo Petro. Ese estatuto dicta que los candidatos a Presidencia y Vicepresidencia que obtengan el segundo lugar en las elecciones tendrán derecho a ocupar una curul en el Senado y la Cámara de Representantes, respectivamente.
Sin embargo, el escaño de Petro podría correr riesgo por las dos multas impuestas al excandidato presidencial. Pues, así las cosas, quedaría en firme la multa por $97.650 millones que le impuso la Contraloría Distrital en octubre de 2016 a cuando se desempeñaba como alcalde de Bogotá.
Esa multa se debe a los problemas que tuvo el entonces alcalde con la implementación del sistema de aseo para la capital. Pues los camiones que se compraron en el año 2012 para adelantar ese proceso no cumplieron con las especificaciones requeridas y presentaron graves fallas técnicas.
Sin embargo, sumado esto, el senador también tiene otra multa por $200.000 millones, impuesta por la Contraloría en noviembre de 2017, debido a la reducción en los pasajes de Transmilenio y supuesto detrimento patrimonial. Cabe anotar que, en enero del presente año, el Tribunal de Cundinamarca falló a favor de Gustavo Petro y mediante una medida cautelar se levantó, de manera provisoria, la multa fiscal.
Por otro lado, pese a que esas medidas cautelares suspendieron provisionalmente el fallo fiscal emitido por la Contraloría, el Tribunal de Cundinamarca aún no ha tomado una decisión sobre la tutela que presentó Petro contra la Contraloría para defenderse.
Cabe recordar que, en agosto pasado, fecha de la posesión del nuevo Contralor, Felipe Córdoba, el senador Gustavo Petro criticó fuertemente su llegada a esa institución. Petro sostuvo que «el candidato Córdoba a la Contraloría contrató a la esposa de Germán Varón en la Auditoria General y es protector del contralor de Bogotá acusado de estar en la nómina de Odebrecht. Es de la cuerda de Germán Vargas y buscará las cuotas de poder de su jefe en el gobierno de Duque».
¿Puede perder la curul?
La magistrada Gloria Ortiz, después de la polémica respecto a la curul de Petro, explicó que esa inhabilidad está suspendida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por lo que Petro puede cumplir funciones políticas y ocupar la curul en el Senado. “La curul del excandidato presidencial en el Senado de la República no estaría en riesgo tras la decisión de la Corte Constitucional, que ratificó la inhabilidad para desempeñar cargos públicos a todos los colombianos que tengan problemas fiscales”, dijo Ortiz.
La magistrada dijo que, en este sentido, podrían venir consecuencias futuras para el senador. Sin embargo, debido a la suspensión del fallo fiscal emitido por el Tribunal de Cundinamarca, no lo afectaría actualmente, pues el fallo emitido por la Corte sería un requisito para acceder a cargos públicos y el senador ya está ejerciendo el puesto.
Por otro lado, el abogado Julio César Ortiz, quien defiende al excandidato y actual senador, también respaldó este argumento por dos cosas. La primera es que la determinación del alto tribunal no afectaría a Petro debido a que las acciones fiscales en su contra se encuentran, en este momento, suspendidas. Y la segunda es que las multas que establece la Contraloría, al no tener un carácter penal o disciplinario, no deberían afectar el derecho fundamental de acceder a función pública
Recientemente, el senador dijo que acudió al Sistema Interamericano de Derechos Humanos afirmando que esas decisiones fiscales en su contra son impagables, y que lo que buscan es limitarle su derecho al ejercicio político. Además, publicó en su cuenta de Twitter “si la sentencia de la Corte Constitucional es como anuncia la prensa significa que el Estado Colombiano se va radicalmente en contra de la Convención Americana de DDHH y la sentencia de la Corte Interamericana en el caso de Leopoldo López que es obligatoria para Colombia”.
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