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Claves para entender los protocolos del cese al fuego firmado por el Gobierno y el ELN

Por: Katerin Erazo, Periodista

Foto: afp

En un paso significativo hacia la construcción de la paz en Colombia, el Gobierno Nacional y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) firmaron los protocolos del cese al fuego bilateral, nacional y temporal el cual surgió del tercer ciclo de negociación.


Este acuerdo, conocido como el “Acuerdo de Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal” (CFBNT), tiene un carácter temporal de seis meses y busca reducir la intensidad del conflicto y las confrontaciones para permitir la participación de la sociedad civil en el proceso de paz, una de las piezas fundamentales para alcanzar un gran acuerdo nacional.


Los 13 puntos fundamentales del Cese al fuego bilateral son los siguientes:


El primer punto establece que el “Acuerdo de Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal” (CFBNT) se enmarca en el Derecho Internacional Humanitario (DIH), específicamente el Protocolo II de 1977, Adicional a los Convenios de Ginebra, y los Acuerdos de la Mesa de Diálogos de Paz. En consecuencia, ambas partes se comprometen a respetar el DIH, lo que implica que ninguna de ellas podrá violar sus disposiciones durante el periodo del cese.


En el segundo punto, se establece que una vez entre en vigor el acuerdo del cese, tanto las Fuerzas Armadas, la Policía y los organismos de seguridad del Estado, por un lado, y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), por otro lado, suspenderán las operaciones ofensivas entre sí, lo que incluye la prohibición de llevar a cabo acciones de inteligencia entre ambas partes. Es decir, se acuerda la suspensión de toda actividad ofensiva, incluyendo acciones de ataque y recolección de información contra el grupo contrario.


En el tercer punto, se aclara que tanto las Fuerzas Armadas, la Policía y los organismos de seguridad del Estado colombiano, así como el Ejército de Liberación Nacional (ELN), se comprometen a mantener únicamente acciones defensivas. Esto implica que ambas partes podrán responder en caso de ser atacadas, pero no llevarán a cabo acciones ofensivas que puedan aumentar la intensidad del conflicto.


En el cuarto punto, se enuncian los objetivos fundamentales del “Acuerdo de Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal” (CFBNT), los cuales son los siguientes:


  • Bajar la intensidad del conflicto.

  • Desarrollar acciones y dinámicas humanitarias.

  • Propiciar la participación de la sociedad en el proceso de paz.

  • Concretar acuerdos humanitarios para las zonas con mayor crisis humanitaria, los cuales serán definidos por la mesa de diálogos de paz entre el Gobierno y el Ejército de Liberación Nacional (ELN).

Este punto enfatiza la necesidad de reducir la violencia y el conflicto armado para facilitar el desarrollo de iniciativas humanitarias que beneficien a las comunidades afectadas. Asimismo, destaca la importancia de involucrar activamente a la sociedad civil en el proceso de paz y buscar acuerdos específicos para las áreas más afectadas por la crisis humanitaria.


El quinto punto establece que para cumplir con el Acuerdo del cese y prevenir y resolver los incidentes que puedan surgir durante su implementación, tanto el Gobierno como el Ejército de Liberación Nacional (ELN) se guiarán por los principios de buena fe, voluntad política y lenguaje respetuoso. Además, se comprometen a proporcionar información rigurosa, veraz y oportuna a los medios de comunicación y espacios de difusión, así como a llevar a cabo labores de pedagogía con el fin de que la población comprenda la importancia y utilidad de este proceso de paz.


En este punto, se destaca la importancia de incentivar valores fundamentales como la transparencia, el respeto y la comunicación efectiva, tanto hacia la población como hacia los medios de comunicación, para generar confianza en el proceso y garantizar su éxito. Asimismo, se enfatiza en la necesidad de llevar a cabo una labor de pedagogía que permita a la sociedad comprender los beneficios de la paz y su implicación en el desarrollo del país.


El sexto punto marca el inicio del proceso de alistamiento para el cese al fuego bilateral. Desde el 9 de junio hasta el 5 de julio de 2023, se llevaron a cabo diversas acciones en este proceso, que incluyeron la activación de un canal de comunicación entre ambas partes a través del Representante Especial del secretario general de la ONU en Colombia. También se redactaron los protocolos pendientes, se iniciaron actividades de pedagogía y se preparó el terreno para la implementación del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV).


Es relevante resaltar que el concepto de alistamiento en este contexto implica poner en marcha los preparativos necesarios para garantizar el cumplimiento efectivo del cese al fuego. Es decir, se emitieron los decretos y protocolos, se establecieron canales de comunicación y se llevaron a cabo acciones para informar y sensibilizar tanto a las partes involucradas como a la población sobre la importancia y los detalles del cese.


El 10 de julio, en una reunión plenaria, la mesa de diálogos de paz aprobó los protocolos elaborados, abordando aspectos relacionados con la participación, y se avanzó en la labor de pedagogía, especialmente a través de los medios de comunicación. Desde el 3 de agosto, el cese al fuego bilateral nacional y temporal iniciará oficialmente, marcando el día 1 de los 180 días contemplados, con una vocación de continuidad y con la presencia del mecanismo de monitoreo y verificación.


El séptimo punto establece que la Mesa de Diálogos para la paz entre el Gobierno, el ELN conforman un Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV) con presencia a nivel nacional, regional y local. Este MMV está compuesto por delegados del Gobierno, del ELN, la Misión de Verificación de la ONU en Colombia y la Conferencia Episcopal de Colombia. Su función principal es monitorear y verificar el cumplimiento del Acuerdo de Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal (CFBNT) y sus objetivos.


El octavo punto hace referencia a los componentes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV), en específico la Conferencia Episcopal y la Misión de Verificación de la ONU en Colombia. Estos componentes trabajarán en coordinación con organizaciones sociales para establecer una Veeduría Social, la cual consiste en una articulación de equipos locales y regionales que fortalecerán el monitoreo con el objetivo de prevenir incidentes armados entre las partes, así como reportar y alertar sobre la presencia y acciones armadas que puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las comunidades, generadas por cualquier actor armado.


Este aspecto representa una novedad significativa en el marco del Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal, ya que se reconoce la participación activa de las organizaciones sociales en el seguimiento del acuerdo. Estas organizaciones podrán articularse con los equipos locales y regionales para fortalecer la vigilancia y monitoreo, con el propósito de prevenir situaciones que puedan comprometer el cese al fuego. De esta manera, se reconoce que no solo las fuerzas militares o el Estado tienen la responsabilidad de supervisar el cumplimiento del cese, sino que se involucra activamente a la sociedad civil. Este enfoque busca generar alertas tempranas sobre la presencia de acciones armadas que puedan afectar la vida, seguridad y los derechos humanos de las comunidades.


El noveno punto destaca la importancia de priorizar las regiones con mayor conectividad armada y crisis humanitaria para fortalecer el funcionamiento y la eficacia de los enlaces, comunicaciones y monitoreo regionales y locales del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV). El objetivo principal de esta priorización es identificar y detectar oportunamente las acciones de actores armados que puedan interferir o afectar el desarrollo del Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal (CFBNT), ya sea mediante ataques contra una de las partes involucradas o contra la población civil.


En este sentido, se busca enfocar recursos y esfuerzos en aquellas áreas del país que presentan un mayor riesgo de enfrentamientos armados y de crisis humanitaria. Por ejemplo, regiones como Chocó, donde existen enfrentamientos con el Clan del Golfo, o Arauca en la frontera, que ha experimentado acciones predominantes del ELN y disputas con disidencias, se convierten en lugares prioritarios para la implementación efectiva del cese al fuego.


La priorización territorial garantiza que se adopten medidas específicas en estas áreas con el propósito de prevenir y contener cualquier acción armada que pueda afectar el desarrollo del acuerdo de cese, asegurando así la protección de las comunidades y la sostenibilidad del proceso de paz en estos territorios sensibles.

El décimo punto establece los protocolos que rigen el Acuerdo de Cese al Fuego Bilateral Nacional y Temporal (CFBNT), los cuales son los siguientes:

  • Protocolo de Acciones Específicas.

  • Protocolo de Evaluación, Prórroga o Suspensión del CFBNT.

  • Mandato del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV).

  • Rol de la Mesa en el CFBNT.

  • Rol específico de la Iglesia Católica.

  • Seguridad y protección para los integrantes del MMV.

  • Protocolo sobre la seguridad para el ELN y los lugares donde hace presencia.

  • Veeduría social y mecanismos de protección humanitaria.

  • Pedagogía sobre el Acuerdo de CFBNT.

  • Comunicaciones.

Cada uno de estos protocolos detalla aspectos fundamentales para el funcionamiento y cumplimiento del Cese al Fuego. El Protocolo de Acciones Específicas establece las acciones concretas a seguir por las partes durante el cese. El Protocolo de Evaluación, Prórroga o Suspensión se encarga de revisar el desarrollo del acuerdo y decidir si se extiende o suspende según los resultados alcanzados.

El Mandato del MMV define el alcance y las funciones del Mecanismo de Monitoreo y Verificación, mientras que el Rol de la Mesa en el CFBNT señala el papel del grupo amplio de diálogo en la implementación del cese.


El rol específico de la Iglesia Católica se refiere a su función en el proceso de paz y su contribución a la seguridad y protección de los involucrados. También se establecen medidas de seguridad y protección para los integrantes del MMV, las partes involucradas y la sociedad en general.


El protocolo sobre la seguridad para el ELN y los lugares donde hace presencia asegura la aplicación de medidas para resguardar la integridad de dicha organización y las zonas donde tiene presencia. La Veeduría social y mecanismos de protección humanitaria buscan la participación de la sociedad civil y su rol en la protección de los derechos humanos durante el cese.


Asimismo, se considera la importancia de la pedagogía sobre el Acuerdo de CFBNT, es decir, la divulgación y difusión de información relevante sobre el cese y su significado para la paz en el país. Finalmente, el punto establece que cualquier nueva acción necesaria para mejorar el acuerdo será discutida y acordada en la mesa de diálogos y anexada a los protocolos del Cese al Fuego.


El punto once subraya que en todo momento se debe tener presente que las partes actúan dentro del marco del proceso de paz. Esto significa que el cese al fuego bilateral está íntimamente ligado a las negociaciones y diálogos en curso. En otras palabras, lo que suceda en las futuras etapas de negociación y en la mesa de diálogos también influirá en el desarrollo y la continuidad del cese al fuego bilateral.


El punto doce establece que el Gobierno Nacional será responsable de emitir las órdenes necesarias y precisas a las Fuerzas Armadas, la Policía y los organismos de seguridad del Estado, con el propósito de garantizar el cumplimiento del Cese al Fuego Bilateral y Temporal (CFBNT). Además, el Gobierno proporcionará orientación en cuanto a pedagogía y dinámicas para que estas instituciones estudien y comprendan a fondo los protocolos y acuerdos que deben cumplir en el marco de este acuerdo.


En este punto, el Gobierno asume su papel directo en asegurar que sus fuerzas militares y cuerpos de seguridad acaten la orden de cesar actividades ofensivas y operaciones contra el grupo contrario. También se destaca la importancia de capacitar a estas instituciones para que comprendan y cumplan adecuadamente con los protocolos y acuerdos estipulados en el CFBNT. De esta manera, se busca garantizar la efectividad y el cumplimiento del cese al fuego y contribuir al éxito del proceso de paz.


El punto trece establece que el Ejército de Liberación Nacional (ELN) emitirá las órdenes necesarias y precisas a todas sus estructuras para garantizar el cumplimiento del Acuerdo de Cese al Fuego Bilateral y Temporal (CFBNT). Asimismo, se encargará de proporcionar orientación, pedagogía y dinámicas para que sus integrantes estudien y comprendan a fondo los protocolos y acuerdos que deben cumplir durante la implementación de este acuerdo.


En este punto, se enfatiza que el ELN asumirá la responsabilidad de dar las directrices a todas sus bases y estructuras para que cesen las acciones ofensivas contra el gobierno y se ajusten al acuerdo del cese al fuego. Además, se resalta la importancia de capacitar a sus integrantes para que estén plenamente informados sobre los detalles y requerimientos del CFBNT, con el objetivo de asegurar su cumplimiento efectivo y contribuir al éxito del proceso de paz.


Este CFBNT tiene una vocación de continuidad y se espera que sea el punto de partida para avanzar en un proceso de paz más amplio y sostenible. Actualmente, ambas partes se encuentran en la fase de alistamiento, preparándose para la implementación del cese al fuego, que comenzará el próximo 3 de agosto de 2023.


En cuanto a la instalación del Comité Nacional de Participación, inicialmente programada para el 25 de julio, se anunció un cambio de fecha y será llevada a cabo el 3 de agosto en Bogotá, coincidiendo con el inicio del cese al fuego bilateral.


El Comité Nacional de Participación desempeña un papel crucial en la agenda y está conformado por 80 representantes de 30 organizaciones de la sociedad civil. Será su responsabilidad recoger las peticiones de la población colombiana y proponer una agenda de transformaciones, destacando su relevancia para el proceso de paz.

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