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Así suena la ley contra el ruido

  • Foto del escritor: María del Rosario Laverde
    María del Rosario Laverde
  • hace 15 horas
  • 3 Min. de lectura

Por: María del Rosario Laverde



Todos hemos sido el vecino de alguien, pero no todos le hemos hecho la vida miserable a nuestros vecinos. Antes de que, el 4 de marzo de 2025, se sancionara la formulación de la política pública de calidad acústica y planes de acción para la prevención, mitigación, evaluación, seguimiento y control de los impactos generados por la contaminación acústica y ruidos que afecten la salud, la fauna, el ambiente y la convivencia, yo escuchaba asombrada cómo mis nuevos vecinos de arriba movían sus muebles de un lado para otro en altas horas de la madrugada, aún más asombrada salía al balcón para comprobar si aquello no era un sueño, pero las luces encendidas y sus voces me decían que no.


En principio la cobardía me impidió hacer un reclamo, y el hecho de no saber cuántos contra mí iban a ser, me hizo callar. Sin embargo, la redecoración de madrugada no era su única actividad, también parecían realizar las tareas hogareñas en tacones matutinos.


Mi primer intento fue escribir una carta, con copia a la administración, en términos amables, solicitando dedicar otras horas a sus labores, pero lo único que conseguí fue que el ruido se incrementara. La administración respondió que eso no era asunto de ellos, que eran problemas entre vecinos y que, por la ley de protección de datos, no estaban obligados a darme información del propietario del apartamento (mis vecinos son arrendatarios).


Consiguieron intimidarme gritando frente a mi puerta que harían todo el ruido que se les diera la gana y que no me tenían miedo. Miedo el que tenía yo. De repente, una enfermedad catastrófica me obligó a insistir en el tema, buscando un poco de alivio para mi salud: no conseguí nada. Sin otra salida, empecé a gritar por las ventanas en las madrugadas cada vez que se les iba la mano en el ruido, imaginaba que, si la policía venía, seguro me llevarían a mí por gritona y no a ellos por perturbadores de la paz, así que tuve que pelear mi batalla sola y tragarme mi miedo.


Hay ruidos que son inevitables; hay celebraciones que deben ser sonoras, hay eventos que lo son. Pero que nada le quite la paz de estar en su casa, en silencio, si ese es su deseo; a un volumen moderado si usted, acaso, es un vecino musical.


Algunos no aprendimos a hacer respetar nuestros derechos; algunos tememos hacerlo; algunos creemos que, si se sanciona una ley, no es para nosotros. Pero no nos puede ganar la ignorancia: la ley contra el ruido en Colombia es bella en todo su articulado, y a todos nos atañe.


Comparto un pequeño apartado de esta ley, que le da herramientas, por si no las conoce, para que viva tranquilo y enseñe a los suyos, y a sus vecinos, a convivir:

 

Artículo 33°. Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas. Los siguientes comportamientos afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse:

 

1. En el vecindario o lugar de habitación urbana o rural: Perturbar o permitir que se afecte el sosiego con:

 

a. Sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo, en cuyo caso podrán las autoridades de Policía desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a desactivarlo.

 

b. Cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan emisión sonora o vibraciones, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la fuente de emisión, salvo que sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas.

 

c. Actividades diferentes a las aquí señaladas en vía pública o en privado, cuando trascienda a lo público, y perturben o afecten la tranquilidad de las personas.

 

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