El proceso de protección y delimitación del Páramo de Santurbán tuvo un nuevo giro durante septiembre de 2026, luego de que el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Fabio Arjona, quedara impedido para intervenir en determinadas actuaciones administrativas relacionadas con este ecosistema estratégico. La decisión se produjo después de una recusación presentada por el Comité para la Defensa del Agua y el Páramo de Santurbán. La controversia se originó el pasado 18 de agosto, cuando el Comité presentó la recusación contra Arjona argumentando que algunas de sus actuaciones y declaraciones públicas podían comprometer su imparcialidad frente a las decisiones relacionadas con Santurbán y el proyecto minero Soto Norte, de la empresa Aris Mining. Esta fue la posición planteada por el Comité dentro del trámite administrativo y no constituye, por sí misma, una conclusión judicial sobre la existencia de un conflicto de intereses.
El contexto de la disputa se remonta a agosto, cuando el Ministerio de Ambiente revocó la Resolución 0994 del 6 de agosto de 2026, mediante la cual se había declarado una Reserva de Recursos Naturales Renovables de carácter definitivo en la microcuenca de la quebrada La Baja, en el municipio de California, Santander. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 1037 del 13 de agosto. De acuerdo con el Ministerio, la revocatoria buscaba corregir irregularidades identificadas en el proceso de consulta pública y atender las órdenes impartidas por el Juzgado Octavo Administrativo de Bucaramanga, que había ordenado reiniciar el procedimiento para garantizar condiciones de participación y validez jurídica. La entidad ha insistido en que la revocatoria no significa abandonar la protección ambiental de la zona. Precisamente, esta decisión generó una fuerte reacción del Comité Santurbán, que anunció nuevas acciones jurídicas y cuestionó la actuación del Ministerio. Entre ellas estuvo la recusación contra el ministro Arjona y la intención de solicitar medidas cautelares ante el Tribunal Administrativo de Santander. Desde el punto de vista jurídico, las recusaciones y los impedimentos están regulados, entre otras disposiciones, por los artículos 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Estas normas establecen las causales de impedimento y recusación de los servidores públicos y el procedimiento para resolverlas. El desenlace se conoció en septiembre. El Consejo de Ministros aceptó el impedimento relacionado con las actuaciones de Arjona sobre Santurbán y el Ministerio de Ambiente informó que el funcionario se apartaría de la suscripción de actos administrativos en los que pudiera existir una circunstancia que comprometiera su intervención personal. La cartera aclaró que esto no significa que el Ministerio deje de ejercer sus competencias sobre Santurbán, Posteriormente, mediante el Decreto 1407 del 17 de septiembre de 2026, el Gobierno Nacional designó al ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Indalecio Dangond Baquero, como ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible ad hoc para atender las actuaciones específicas relacionadas con la delimitación del complejo de páramos Jurisdicciones-Santurbán-Berlín y otros asuntos asociados a la reserva de recursos naturales renovables,la designación comprende actuaciones en jurisdicción de Suratá, Matanza, California, Vetas, Charta, Tona y Bucaramanga.
El caso tiene además un antecedente constitucional de gran importancia. La Sentencia T-361 de 2017 de la Corte Constitucional dejó sin efectos la delimitación de 2014 y ordenó adelantar un nuevo proceso que garantizara la participación efectiva de las comunidades. Desde entonces, la delimitación de Santurbán ha permanecido como un proceso complejo en el que confluyen la protección ambiental, el acceso al agua, los derechos de las comunidades y las actividades económicas desarrolladas en el territorio. Así, el episodio más reciente no cierra la discusión sobre Santurbán. Por el contrario, abre una nueva etapa administrativa: Indalecio Dangond deberá asumir las decisiones específicas de las que fue apartado Arjona, mientras continúan los debates jurídicos, ambientales y territoriales alrededor de la delimitación del páramo y de las medidas de protección de las zonas asociadas al macizo.
BIBLIOGRAFÍA:
- minambiente.gov.co/santurban-las-reglas-son-claras-y-la-proteccion-continua/
- noticiasrcn.com/colombia/ministro-de-agricultura-indalecio-dangond-sera-el-encargado-de-definir-la-delimitacion-del-paramo-de-santurban-1062280
- elespectador.com/ambiente/ministro-de-ambiente-no-podra-decidir-sobre-la-delimitacion-del-paramo-de-santurban



