La llegada del gobierno encabezado por Abelardo de la Espriella marcó un giro radical en la política de paz y seguridad del país y, con ello, un cambio sustancial en la política de sometimiento con organizaciones criminales. El proyecto político encabezado por Abelardo de la Espriella se hizo elegir con la bandera de abolir la Paz Total, atribuyéndole la responsabilidad a esta como el principal factor causal en la expansión de los grupos armados en el país. Desde su posesión, De la Espriella ha sido reiterativo en el sometimiento como única vía de acogimiento, desvirtuando cualquier continuidad de un proyecto de seguridad sobre la base de la negociación, el diálogo y el reconocimiento político. En este mismo sentido, desde un principio se planteó el sometimiento a la justicia como única vía de interlocución con el gobierno, bajo las condiciones previstas en el ordenamiento jurídico actual.
No obstante, transcurrido poco más de un mes, el nuevo gobierno ha empezado a dilucidar de manera más clara las principales orientaciones de su política de sometimiento. En recientes declaraciones del ministro de Justicia, Iván Cancino, para la revista Semana, se evidencia que la apuesta del gobierno no se reducirá a la aplicación de la actual Ley de 2018, por medio de la cual “se fortalece la investigación y judicialización de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones”, sino que preveé contar con una nueva Ley de sometimiento que se encuentra en evaluación antes de presentarse al Congreso y que, de acuerdo con Cancino, tendrá como sustento la Ley 418 de 1997 de Orden Público, referente a “la búsqueda de la convivencia y la eficacia de la justicia”, pero con una aplicación mucho más fuerte y consistentes, de acuerdo con sus palabras. De entrada, la formulación del proyecto de ley, descarta que el mecanismo de sometimiento contemple un espacio de conversación sociojurídica para la negociación de los términos, sino que preveé un acogimiento por parte de los grupos y estructuras a unas condiciones jurídicas ya establecidas previamente.
Los lineamientos de la nueva propuesta de sometimiento
Aunque el proyecto aún se encuentra en etapa de construcción y bajo revisión presidencial, las declaraciones del ministro de Justicia dejan entrever a grandes rasgos los lineamientos estratégicos más importantes que orientarán la próxima ley de sometimiento ante el Congreso.
En primera medida, uno de los elementos sustanciales mencionados, se encuentra relacionado con las rebajas de pena condicionadas. De acuerdo con Cancino, aquellos miembros de estructuras criminales que, de manera comprobada, hayan fungido como cabecillas principales o con funciones de liderazgo, no podrán contar con una rebaja superior al 30 % del total de la pena original , en tanto aquellos miembros que desempeñaran cualquier otro rango al interior de la organización pueden aspirar a contar con una reducción del 50 % de la pena, bajo la condición de que haya una colaboración para el desmantelamiento de la estructura, entrega de bienes, entrega de información sobre secuestrados y reparación a las víctimas.
Complementariamente, la próxima Ley de sometimiento estipula modificaciones al actual sistema de libertad condicional, pues en la actualidad la persona condenada puede solicitar su libertad una vez cumplidas tres quintas partes de la condena, mientras que aquellas personas que se acojan bajo el mecanismo de sometimiento solo podrán solicitarlo hasta cumplir con cuatro quintas partes.
Por otro lado, uno de los cambios más sustanciales con respecto el actual marco jurídico vigente para el desmantelamiento de organizaciones criminales (Ley 1908 de 2018) pero que al mismo tiempo guarda alguna relación con lo planteado en la propuesta de ley de sometimiento 002 de 2025 del pasado gobierno, es el relacionado con la centralidad de las víctimas. De acuerdo con Cancino, el papel de las víctimas y su participación tendrá efectos concretos con respecto a la determinación de las decisiones judiciales. La rebaja de las penas estará sujeta a la entrega de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición a criterio de las víctimas. Se requerirá un concepto favorable de estas para determinar el acceso a beneficios contemplados dentro de la misma Ley propuesta, en el marco de la justicia ordinaria. Sin embargo, es preciso señalar que se deberá revisar con rigurosidad como queda representado esto en el articulado que finalmente será radicado.
Por último, uno de los elementos centrales dentro de la propuesta de sometimiento se encuentra relacionada con la entrega de bienes. Cancino, enfatizó en la entrega de la totalidad de los bienes producto de actividades ilícitas, como requerimiento indispensable en el proceso de sometimiento. Este ítem supone quizá la principal diferencia frente a la propuesta presentada por el anterior gobierno, en tanto se contemplaba la posibilidad de que aquellas personas que se sometieran, pudiesen conservar hasta el 12 % de los bienes declarados ante la justicia, lo que además generó gran controversia, principalmente entre aquellos sectores de la oposición de aquel entonces.
El impacto de la ley sobre los espacios de conversación con el EGC
La propuesta anunciada por el Gobierno representa una amplia ruptura con el componente de negociación política y diálogo que caracterizó la Paz Total, pero no supone reñir con los mecanismos jurídicos que históricamente ha tenido el estado para enfrentar el desmantelamiento de organizaciones y estructuras criminales. Por el contrario, Cancino expresa que la nueva iniciativa utilizará la Ley 418 de 1997 como pilar de la nueva propuesta de sometimiento, aunque con modificaciones y condiciones que buscan hacerla más restrictiva frente a las organizaciones criminales. Esto, en sí mismo, también representa una tara para los procesos de acercamiento que se venían adelantando, con algunas Grupos Delictivos Organizados en el Valle de Aburrá, Quibdó y Buenaventura, pero especialmente con el EGC – Clan del Golfo durante el gobierno Petro.
Precisamente, frente a este escenario uno de los primeros actores armados en manifestarse fueron el EGC – Clan del Golfo, quienes en un comunicado emitido el pasado 29 de junio señalaron en síntesis al presidente electo la importancia seguir construyendo un acuerdo de sometimiento sobre la base de los acuerdos jurídicos establecidos con el gobierno pasado:
“Estamos listos, señor presidente. Como lo hemos manifestado, reiteramos nuestra disposición a recibir al Comisionado de Paz y a los funcionarios que el nuevo gobierno designe, y a continuar con ello el camino de la conversación que contribuya a nuestro acogimiento a la justicia, con los países mediadores”. (Comunicado, Gaitanistas por el Pueblo)
No obstante, también remarcaron, en su momento, que el marco jurídico de la Ley 1908 de 2018, no ofrecía garantías suficientes para el acogimiento de un ejército tan numeroso, con estructura jerárquica, las bases sociales y las dimensiones territoriales del EGC.
En este sentido, la postura de sometimiento de De la Espriella, bajo la ley actual, marca una pequeña ruptura con el horizonte jurídico de sometimiento previsto en el Espacio de Conversación SocioJurídica establecido en la Paz Total, puesto que, en este último, el gobierno nacional había reconocido al EGC – Clan del Golfo como Grupo Armado Organizado mediante Resolución 294 del 5 de septiembre de 2025, lo que en consideración de la representación legal del grupo:
“Activa la aplicación del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra (Ley 171 de 1994). Bajo ese marco, y en el espacio institucional construido mediante la Resolución 257 de 2024, se ha venido configurando un esquema intermedio que combina elementos de Derecho Internacional Humanitario con acogimiento ordenado a la justicia bajo verificación internacional”. (Comunicado, Gaitanistas por el Pueblo)[1]
Mientras bajo la propuesta del gobierno actual de abolir cualquier consideración de los términos de la sujeción, se dan por interrumpidos y culminados los avances en los procesos de monitoreo y verificación de los acuerdos suscritos hasta su momento entre el gobierno pasado y el EGC.
La propuesta de sometimiento del actual gobierno deja, además, sin sustento la resolución por medio de la cual se instala el ECSJ en el año 2024. A esto se suma la posibilidad latente de retirar a Colombia de la ONU, la OEA y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como lo anunció ADLE en campaña. Lo que supone para el país una barrera en materia de cooperación con organismos multilaterales y especialmente para la labor de la MAPP – OEA en el seguimiento, monitoreo y verificación de las dinámicas de conflictividad en departamentos como Chocó, Córdoba, Antioquia y Bolívar, donde se habían establecido acuerdos previamente, orientados especialmente al No reclutamiento de niños, niñas y adolescentes (NNA), el desarrollo de programas de pedagogía, la promoción de entornos seguros, la disminución de la extorsión en el marco del conflicto armado, la adopción de programas de atención a migrantes y la creación y puesta en funcionamiento de las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT).
Ante este panorama, parece a todas luces bastante improbable que en el corto plazo el EGC – Clan del Golfo, así como los demás grupos armados y grupos delictivos organizados cedan a la pretensión del presidente electo para someterse al eventual marco jurídico, pues no contempla incentivos reales que promuevan el resarcimiento de los derechos de las víctimas, mediante el aporte de verdad, en tanto discrimina cualquier posibilidad de diálogo sobre los factores estructurales que determinan la presencia y formas de operación de estos grupos armados en los territorios, además de desatender dentro de esta política el abordaje sobre las formas en que estos grupos se encuentra insertados en las dinámicas sociales del día a día y las complejidades que ello supone para el desmantelamiento de las mismas a nivel territorial.
[1] Gaitanistas por el Pueblo (25 de junio de 2026). X. Obtenido de Gaitanistas por el Pueblo: https://x.com/soygaitanista/status/2071730201914978741?s=48



