Introducción
Los Países Bajos, dentro de su apoyo a la Paz Total, publicaron el “Artículo de reflexión: Integrando la justicia restaurativa relacional en las negociaciones de Paz Total de Colombia”2. Basado en la experiencia de negociación con los Comuneros del Sur3 en Nariño, dicho artículo plantea la necesidad de que Colombia avance hacia una justicia restaurativa relacional que aborde condiciones estructurales y relacionales que posibilitan la violencia a través de principios que reconfiguran las interacciones entre ciudadanos, comunidades, instituciones y el Estado, buscando sentar bases para una paz sostenible y justa. Con base en este texto, los mismos autores, con los mismos apoyos institucionales, publicaron recientemente el artículo “Construcción de las Condiciones para una Paz Justa en Colombia”4. Allí señalan que no se trata de un plan ni de un manual, sino de una reflexión sobre orientaciones y prácticas derivadas de este marco y las condiciones necesarias para respaldarlo. Considero necesario hacer algunos planteamientos respecto a estos escritos por dos razones fundamentales:- El respaldo del Reino de los Países Bajos, país históricamente comprometido con los procesos de paz en Colombia y cuyas voces tienen amplia legitimidad entre actores del conflicto.
- La relevancia de la justicia restaurativa, considerada por muchos (incluyéndome) como la justicia propia de la paz.
Crítica al Proyecto de Ley de la Paz Total
Comparto plenamente la afirmación del artículo según la cual el Proyecto de Ley de Consolidación de la Paz Total (Ley 002 de 2025), aunque crea una estructura jurídica posible, no constituye la base real sobre la que se sostiene la labor de paz. A esto añado que dicho proyecto de ley fue presentado mal y tarde: Mal, porque mezcla actores distintos al conflicto armado histórico —como la primera línea— y reduce técnicamente la justicia restaurativa a la reparación integral, ignorando su enfoque holístico: responsabilización, reparación, no repetición y reconciliación. Tarde, porque se presentó tres años después, justo antes de elecciones legislativas y presidenciales, en un contexto de polarización y con escasos resultados visibles en materia de Paz Total. Ante este panorama, el sostenimiento real de las voluntades de paz recae en las comunidades, donde están los actores del conflicto, con acompañamiento de agencias y países como el Reino de los Países Bajos. La paz debe construirse “de abajo hacia arriba”, desde lo micro a lo macro, fortaleciendo diálogo, confianza y hechos de paz que permitan continuidad más allá de los cambios de gobierno.Sociedades del consenso, lo plural y el conflicto
En el prólogo, la Embajadora del Reino de los Países Bajos, Reina Buijs, se pregunta qué hace que una sociedad sea pacífica. Afirma que ello depende del estado de derecho, entendido como el consenso sobre lo que está bien y mal, lo cual permite resolver diferencias constructivamente. En Colombia, dicho consenso se ha perdido por la existencia de conflictos armados, por lo que es necesario (re)establecer reglas compartidas. Con base en Massimo Pavarini (1984), las sociedades pueden clasificarse en: Sociedades del consenso (como Países Bajos): existe acuerdo sobre lo bueno y lo malo. Sociedades pluralistas: surgen conflictos sociales, pero se gestionan mediante acuerdos. Sociedades del conflicto (como Colombia): el conflicto se criminaliza desde el poder; por ello los procesos de paz permiten transitar hacia una sociedad pluralista democráticamente deseada.La Justicia Restaurativa Relacional
Según Jennifer Llewellyn y Kerry Clamp (2025), la justicia restaurativa relacional ofrece un marco fundamentado para guiar procesos de paz basados en confianza, inclusión y participación. Proponen herramientas de narrativa compartida, comunicación culturalmente resonante y aprendizaje reflexivo. La justicia restaurativa relacional enfatiza que los conflictos y los daños nacen en las relaciones humanas y que allí mismo deben construirse las soluciones. Sin embargo, nombrar la justicia restaurativa exclusivamente como “relacional” corre el riesgo de absolutizar un componente que hace parte de ella, pero no la define plenamente.Falencias de un enfoque exclusivamente relacional
Estas observaciones tienen que ver con la responsabilidad, la reparación y la no repetición pilares fundamentales de la Justicia Restaurativa. Veamos:- Responsabilidad
- Se diluye la responsabilidad individual, al dispersarse dentro de dinámicas colectivas.
- Se pierde el foco en el daño concreto, priorizando relaciones sobre hechos.
- La excesiva emocionalidad puede sustituir la responsabilidad ética-jurídica por procesos subjetivos.
- Reparación
- Puede volverse abstracta, sin acciones claras, medibles o proporcionales.
- “Mejorar relaciones” es difícil de verificar.
- Puede generar presión indebida sobre las víctimas para relacionarse nuevamente.
- Minimiza reparaciones materiales o responsabilidades estatales por daños estructurales.
- No repetición
- Transformar relaciones no garantiza prevenir daños futuros.
- Carece de mecanismos formales de seguimiento y control del riesgo.
- Ignora factores estructurales como pobreza, exclusión, desigualdad o economías ilegales.
Particularidades del contexto urbano
En ciudades como Medellín, las relaciones entre víctimas, victimarios y comunidad son estrechas, cercanas y muchas veces familiares. Las estructuras criminales ejercen control social desde hace décadas. En este contexto, un enfoque excesivamente relacional puede:- Ser instrumentalizado por victimarios.
- Generar presiones indebidas hacia la “reconciliación”.
- Valorar la paz solo por la “recuperación de relaciones”, puede resultar riesgoso.
Paz justa / paz positiva
La paz justa va más allá de la paz relacional. Es un concepto normativo que sostiene que la paz no es solo ausencia de guerra, sino un orden social que garantice dignidad, justicia, reparación y transformación de estructuras violentas. Autores como Lederach (1997) y Galtung (1969) resaltan que la paz justa (o paz positiva) exige:- Verdad
- Responsabilidad
- Reparación
- Participación de las víctimas
- Garantías de no repetición
1 Sepúlveda Arroyave es abogado, criminólogo y experto en justicia restaurativa. Ha sido reconocido por la OEA como generador de confianza en América Latina. Actualmente es el director general de la Fundación Colombia Restaurativa www.colombiarestaurativa.com y del bufete interdisciplinario Justicia Penal Reintegradora. juanguillermo.sepulveda@gmail.com
2 Kerry Clamp y Jennifer Llewelly, “Incrustación Relacional Restaurativa Justicia en la Paz Total de Colombia Paz Negociaciones De los diálogos de paz a la transformación relacional”. Con el apoyo de la Embajada de los Países Bajos, con el apoyo de la University of Nottingham. Chian Malaysia y Dalhousie University Restauratie Lab y Kingdom of the Netherlands.https://restorativelab.ca/embedding-relational-restorative-justice-in-colombias-total-peace-negotiations/
3 Los Comuneros del Sur, surgieron en 1992 como la primera estructura de la guerrilla del ELN en Nariño. Desde un comienzo tuvo un arraigo en la zona rural del municipio de Samaniego, desde donde se extendió a otros municipios y regiones de este departamento. Los Comuneros del Sur, fueron hasta hace poco parte del Frente de Guerra Suroccidental y del ELN. El 7 de mayo del 2024, este frente oficializó su ruptura con la comandancia elena y se volvió una disidencia para entablar un diálogo directo con el gobierno de Gustavo Petro. Este hecho ha desatado una crisis en la mesa nacional del gobierno con el ELN, pues esta guerrilla dice, sin ninguna prueba, que el proceso en Nariño es una operación de inteligencia militar. Portal La Silla Vacía. https://www.lasillavacia.com/silla-nacional/asi-va-el-proceso-de-paz-con-el-frente-comuneros-del-sur/#:~:text=Historia,una%20operaci%C3%B3n%20de%20inteligencia%20militar
4 Jennifer Llewellyn y Kerry Clamp. 2025. Justicia restaurativa relacional en acción: construcción de las condiciones para una paz justa en Colombia.Con el apoyo de la Embajada de los Países Bajos, con el apoyo de la University of Nottingham. Chian Malaysia y Dalhousie University Restauratie Lab y Kingdom of the Netherlands. https://www.consejeriacomisionadadepaz.gov.co/MesaCo-ConstruccionPazNari%C3%B1o/Documents/Recursos-documentos/Justicia_restaurativa_relacional_en_accion.pdf



