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Modificaciones al CNE, Partidos y Transparencia: Los Tres Pilares del segundo intento de Reforma Política

Por: Oscar A. Chala, investigador de la Línea de Democracia y Gobernabilidad





Año y medio después de la foto de Roy Barreras rompiendo el primer proyecto de ley de la Reforma Política en la Comisión Primera de Senado, abatido por el tratamiento contra el cáncer y habiendo intentado aplazar la discusión y votación de aquel proyecto un día antes, el gobierno vuelve a arriesgarse con otra reforma, mucho más ponderada y concisa que la anterior.


En un ambiente donde el pulso entre el gobierno y el legislativo está en un momento enrarecido y crítico tras el hundimiento del presupuesto general para 2025, los vientos de bloqueo político a una nueva Ley de Financiamiento/Reforma Tributaria y el choque de trenes entre la presidencia de la Cámara, en manos de Jaime Raúl Salamanca y del Senado, dirigida por Efraín Cepeda, el gobierno suma otro proyecto a los 6 que ya radicó, de los cuales y hasta ahora solo 1 se está moviendo con respectiva normalidad (Reforma Laboral), a 2 meses y medio de llegar al receso de final de año en el Congreso.


Con la oposición ya habiéndose bajado del bus de apoyar cualquier proyecto de reforma política —al que consideran insuficiente para responder a los principales problemas del sistema electoral colombiano—, las cuentas para el gobierno están ajustadas, especialmente en Comisión Primera de Senado, donde se cayó la primera reforma, aun cuando ahora el presidente allí es Ariel Ávila, senador verde cercano al gobierno.


La reforma toca los intereses de los grandes clanes políticos y los caciques que gobiernan en los partidos a nivel regional, por lo que su trámite puede ser complicado en el Congreso, especialmente con el antecedente de los “micos” y modificaciones que tuvo la reforma presentada por el entonces ministro del Interior, Alfonso Prada, a finales de 2022, y que la desdibujaron hasta tal punto que, al haber llegado a su quinto debate en el Senado, ya no contaba con el apoyo de nadie.


Así va la nueva reforma política del gobierno:


¿Se aprendió de los errores del pasado?


Fuente: El País, España.


Así como la reforma a la educación superior, presentada por el ministro de Educación Daniel Rojas y concertada con varios partidos de la bancada de gobierno e independientes, terminó siendo recortada a la modificación de los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1994, el gobierno se lanzó por un proyecto de reforma mucho más conciso, puesto que solamente afecta a 6 artículos de la Constitución (107; 108; 109; 262; 264; 265), que tratan tres temas específicos: la elección de los magistrados y la ampliación de funciones del Consejo Nacional Electoral (CNE); la transparencia en el proceso político electoral; y los procesos de democracia interna de los partidos y movimientos políticos.


Frente al proyecto presentado a inicios de 2023, la reforma política de Cristo es mucho más acotada y menos ambiciosa que su antecesora. Hay que recordar que la primera reforma política buscaba, entre otras cosas, limitar la reelección de los congresistas a solo 3 períodos, disminuir la edad de votación a 16 años, el voto obligatorio, conformar un nuevo régimen de conflicto de intereses e incompatibilidades para los congresistas mucho más rígido, la democracia interna de los partidos y la financiación estatal de las campañas políticas. De estos puntos, solo sobreviven los últimos dos, mientras que se planteó como novedad la transformación del CNE.


Este primer proyecto, que fue impulsado totalmente por Roy Barreras —en aquel momento presidente del Senado y el principal operador político del gobierno Petro en el Congreso— se cayó, en parte, porque durante su trámite en los 4 de los 8 debates a los que llegó se incluyeron varios “micos”, como que los congresistas podrían ser ministros y conservar su curul en caso de dejar el cargo ministerial, así como que los congresistas pudieran conservar los mismos primeros puestos que tuvieron en las elecciones pasadas si decidían reelegirse por la vía de las listas cerradas.


Así mismo, perdió su espíritu frente a la eliminación del voto preferente y la obligatoriedad de las listas cerradas, paritarias y en cremallera, puesto que en su trámite se decidió conservar el voto preferente y dar incentivos de financiación adicional a los partidos que eligieran participar en elecciones con listas cerradas.


Este nuevo proyecto, según el ministro Juan Fernando Cristo, se basa en el proyecto de reforma política que buscaba aprobarse luego del Acuerdo de Paz con las ex-FARC, y bebe de varias de las recomendaciones que en 2017 hizo la Misión Electoral Especial (MEE), conformada por la MOE y otras organizaciones de la sociedad civil, frente a una reforma política para el país en el marco del posconflicto.


Una reforma que abre el debate sobre un nuevo sistema de partidos


Fuente: @DiegoFuerteB, en X (Anteriormente Twitter).



Por un lado, la novedad de esta reforma es que le da vida a los movimientos políticos para que participen en procesos electorales a partir de un sistema de afiliación. En la modificación al artículo 108 de la Constitución propuesto en la reforma, se establece que para poder tener personería jurídica y participar en elecciones, los movimientos políticos deben tener al menos afiliados que sumen el 0.2% del censo nacional electoral.


Así mismo, para la participación en comicios locales, deben tener afiliados al menos 1% del censo electoral de su localidad. Para procesos electorales nacionales, deben tener sus afiliados en departamentos cuya sumatoria de electores totales sea del 50% del censo electoral nacional.

Este artículo favorecería a movimientos y partidos que están en riesgo de perder su personería jurídica o no avalar candidatos por cuenta de su poca capacidad de votos en elecciones anteriores, como Comunes o Fuerza Ciudadana, así como permitiría la existencia de movimientos de carácter regional y proyectos políticos pequeños (como aquellos que se construyeron alrededor de la política de un solo asunto, como Estamos Listas o el Movimiento SOS Colombia).


Por otro lado, también permitiría que un movimiento político pueda tener su personería política participando en elecciones regionales, lo que llevaría eventualmente a una explosión y fragmentación del ya amplio sistema de partidos de Colombia. Hasta ahora, Colombia suma 31 partidos (llegó a tener 35 a inicios de 2024, antes de que comenzaran a salir los fallos del Consejo de Estado quitándole personerías jurídicas a movimientos de reciente creación). Con la reforma política, esa cifra podría crecer en los próximos años.


También queda claro en el proyecto de ley que sólo los partidos políticos pueden recibir financiación estatal, mientras que los movimientos políticos solo tienen la facultad de presentar candidaturas.


¿Un remedio contra el clientelismo?


Fuente: Consejo Nacional Electoral.


La reforma también podría alterar la lógica con la que funciona el clientelismo en Colombia. Al privilegiar las listas cerradas sobre las listas abiertas, cambia la lógica de la transacción personal que se establece entre el votante y el candidato, que es la base con la que funciona el modelo. Sin la garantía de que por sí mismo pueda llegar al cargo al que aspira (pues depende del lugar en el que quede en el orden de lista), la lógica clientelar puede terminar concentrándose en transacciones con la dirección de los partidos para repartir los primeros puestos de la lista.


Cristo indicó, en este caso, que la idea es que la Reforma Política sea reforzada posteriormente por una ley estatutaria que demarque y regule los ejercicios de democracia interna en los partidos y movimientos políticos, para evitar que los puestos en las listas cerradas dependan de las negociaciones entre las direcciones y los grupos políticos o de la llamada “dictadura del bolígrafo”.


El proyecto de ley, en la modificación que sugiere al artículo 108, indica que el Congreso debe legislar sobre los mecanismos de democracia interna en los que pueden ser elegidos los candidatos, así como las herramientas y formas en las que los partidos y movimientos deben reportar que esos candidatos fueron electos con estos mecanismos.


No obstante, sin este refuerzo (y con la incertidumbre de que este proyecto de ley estatutaria pase en un nuevo Congreso, con una configuración y correlación de fuerzas totalmente diferente) la reforma queda coja. Asimismo, sin mayor claridad sobre el funcionamiento de estas dinámicas internas en los partidos, estos grupos políticos, los clanes y sus clientelas podrían interferir en esos procesos de democracia interna para que sus candidatos sean elegidos.


Por otro lado, se busca menor dependencia a grupos de poder regionales y locales ampliando la financiación del Estado al 100% del total de las campañas políticas, partiendo de una base del 50% para todos, que luego irá aumentando conforme varios incentivos, como un 30% más a partir de sus resultados electorales anteriores, 10% para las listas cerradas que incluyan mujeres y 10% para las listas que incluyan población joven.


Este punto he generado suspicacias, especialmente por las desigualdades que existirían entre los partidos grandes y pequeños al momento de competir. También ha generado ruido entre la mayoría de las nuevas figuras del Congreso, que en muchos casos capitalizaron su efecto en redes sociales e internet en votos, y que se verían afectados con la eliminación del voto preferente.


Este proyecto también limita la financiación privada y obliga a que los aportantes deban también hacer un ejercicio de rendición de cuentas sobre los recursos que aportan a campañas y partidos, así como también se crearía un registro de proveedores estatales, que será el único habilitado para que las campañas accedan a productos y bienes en su ejercicio. Del mismo modo, se habilita al CNE para que limite el monto total de gastos de campaña.


Por otro lado, la reforma impide que los partidos entreguen dádivas y regalos a potenciales electores, así como prohíbe que las campañas políticas contraten servicios de transporte para movilizar votantes el día de las elecciones, y limita la transacción de donaciones y recursos a las campañas solo a través del sistema financiero colombiano.


La reestructuración del Consejo Nacional Electoral


La elección de Germán Varón Cotrino y de Luis Felipe Henao como ternados por parte del Consejo de Estado y de la Corte Suprema de Justicia respectivamente al cargo de Procurador General abrieron el debate sobre la politización de la rama judicial y la idoneidad de que sean las altas cortes quienes terminen eligiendo a los magistrados del CNE.


Esta idea viene de la propuesta de conformar un Consejo Electoral Colombiano y una Corte Electoral, cuyos miembros y magistrados fueran nombrados por las Altas Cortes y el presidente de la República. Ahora, se ha trasladado a la nueva reforma política, en la que se busca que 3 magistrados sean ternados y elegidos por cada corte por un período de 6 años.

La reforma busca evitar la politización de los magistrados al poner condiciones para su participación y elección basados en criterios de transparencia y meritocracia, como ser netamente abogados, tener al menos 15 años de experiencia y no haber participado en política en los últimos 7 años. Estarían abiertos a un concurso público donde las Altas Cortes evaluarían los perfiles y elegirían a quienes cumplan estos criterios.


De igual manera, la reforma política amplía y modifica varias de las funciones del CNE, entre ellas la capacidad que tendría la institución para vigilar las encuestas de opinión política y velar por que cumplan con los criterios establecidos por el CNE para su publicidad y difusión, del mismo modo que hace seguimiento y acompañamiento a los procesos de democracia interna y elección de candidatos dentro de los partidos y movimientos políticos.


Los otros proyectos de reforma política que andan volando


La reforma presentada por el ministro Cristo el 23 de septiembre contrasta con la reforma política propuesta por la bancada del Pacto Histórico el 6 de septiembre pasado, en la que buscan que se apruebe un parágrafo transitorio de 2 meses posterior a la aprobación del acto legislativo, que permita el transfuguismo entre partidos sin perder la curul (art. 107).



Fuente: La Silla Vacía.


Este proyecto también tiene las mismas modificaciones sobre el artículo 107, 108, 109 y 262 de la Constitución, del proyecto presentado por Cristo, así como incluye modificaciones a la edad mínima para aspirar al Congreso, que bajaría en ambas cámaras a 18 años (art. 172 y 177) y la insistencia en agregar un parágrafo que haga el voto obligatorio (art. 258).


Al existir este proyecto, por ley 8unidad de materia) deben ser acumulados y consolidados en un nuevo texto, que será debatido en Comisión Primera de Cámara, donde fueron radicados al ser actos legislativos.

 


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