Por: Sergio Saavedra. Periodista Pares.
Después de tres años de funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el país conoce una de las decisiones más trascendentales que ha hecho este tribunal especial de paz. Con la participación de más de 2.000 víctimas de secuestro, la Sala de Reconocimiento de la JEP imputó, a ocho miembros del antiguo Secretariado de la otrora guerrilla de las FARC-EP, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra dentro del Caso 01, ahora denominado “Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad.”
Siguiendo con el mandato de la JEP, los ocho (8) hombres del antiguo secretariado de las FARC-EP que “no reconozcan su responsabilidad individual podrán ser condenados hasta a 20 años de cárcel”. La JEP resaltó que los comparecientes tienen 30 días para hacer el reconocimiento de sus responsabilidades. Posteriormente, se realizará una audiencia en el que estarán presentes las víctimas. Mismo plazo que tendrán las víctimas acreditadas y el Ministerio Público para poder reaccionar a lo determinado por el Auto 19 de 2021.
«Este es el primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción, que es la antesala a la Resolución de Conclusiones y los juicios ante el Tribunal para la Paz», sentenció la relatora para este caso y magistrada de la Sala de Reconocimiento de la JEP, Julieta Lemaitre.
Los comparecientes
La magistrada Lemaitre señaló que se hallaron como responsables a Rodrigo Londoño Echeverri (Timochenko), Julián Gallo Cubillos (Carlos Antonio Lozada), Rodrigo Granda Escobar, Pastor Alape Lascarro, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Milton de Jesús Toncel Redondo (Joaquín Gómez), Jaime Alberto Parra (Mauricio Jaramillo) y Juan Hermilo Cabrera (Bertulfo Álvarez), quien falleció este miércoles 27 de enero.
De acuerdo con la magistrada Lemaitre las responsabilidades que pesan sobre estos excomandantes de las FARC-EP son:
· Crimen de lesa humanidad por graves privaciones de la libertad.
· Crimen de guerra de toma de rehenes.
· También de otros crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos en relación con los secuestros como homicidio, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, violencia sexual y desplazamiento forzado.
Asimismo, la magistrada precisó que las responsabilidades no son iguales para los ocho (8) nombres del secretariado. Ésta variará dependiendo “los cargos de mando asumidos durante el conflicto armado.” Cabe recordar que los miembros del Estado Mayor, en su momento, fueron llamados a rendir versiones individuales ante el Tribunal Especial. Según la JEP, esto como resultado de haber sido comprometidos en los informes como “los máximos responsables y autores determinantes”.
Adicionalmente, Lemaitre insistió en que «a esta decisión sobre el Secretariado se sumarán en el año otras decisiones en las que se determinará la responsabilidad de los mandos medios y los ejecutores directos”
El proceso
Según el documento de 322 páginas que fue presentado este jueves 28 de enero —con fecha de 26 de enero de 2021— el proceso del Caso 01 que fue abierto el 6 de julio de 2018 para llegar a el primer Auto de Determinación de Hechos y Conductas de la Jurisdicción; se dio de la siguiente manera:
La JEP asumió el reto de investigar más de 20.000 secuestros que habrían sido presuntamente perpetrados por la otrora guerrilla de las FARC-EP, de acuerdo con bases de datos de Estado colombiano y reportes adelantados por organizaciones de víctimas. La JEP investigó hechos que tuvieron ocurrencia entre 1993 y 2012. Además, la JEP contempló los casos de personas de las cuales se desconoce su paradero y que presuntamente fueron secuestrados por las FARC-EP.
Además de la participación de más de 2.000 víctimas, las versiones individuales de los integrantes del Estado Mayor de las antiguas FARC-EP; también comparecieron —a versión individual o colectiva, escrita u oral— 350 firmantes de la paz. Cabe recordar que hay 1.200 condenados o imputados por estos crímenes en la justicia ordinaria.
La Sala de Reconocimiento que adelantó el Caso 01 decidió realizar versiones colectivas para cada uno de los Bloques que constituían a esta guerrilla. De tal suerte se contó con los testimonios del Bloque Magdalena Medio (audiencia en Barrancabermeja, Santander), Bloque Noroccidental (Dabeiba, Antioquia), Bloque Oriental (Icononzo, Tolima), Bloque Occidental (Popayán, Cauca), Bloque Caribe (Pondores, La Guajira), Bloque Sur y Columna Teófilo Forero (Miravalle, Caquetá).
Asimismo, la JEP destacó que se llevaron a cabo 192 jornadas territoriales para la escucha a las organizaciones de víctimas, en compañía de la Unidad de Víctimas y la Procuraduría General de la Nación. Proceso que acreditó a 2.456 víctimas de las cuales 394 son de la Fuerza Pública.
Privaciones graves de la libertad
La JEP no sólo cambió de manera enunciativa el nombre del Caso 01 a Toma de rehenes y otras privaciones graves de la libertad» —con las consideraciones que ello trae para las víctimas— sino que detalló el proceso en compañía de las organizaciones de víctimas sobre los estatutos de las FARC-EP que contenían una disposición de “buen trato”; al punto de que la Sala de Reconocimiento concluyó “que la orden de “buen trato» concernía solo a la preservación de la vida del cautivo y no de su dignidad humana.”
Esto debido a hechos que la Sala de Reconocimiento encontró con especial gravedad durante el cautiverio de las victimas, entre los que se encuentran delitos de lesa humanidad. Por ejemplo:
“Aislamiento forzado, golpizas durante los interrogatorios, violencia sexual y desplazamiento forzado como castigo. También, se evidencia de manera consistente el sufrimiento causado a las familias por el ocultamiento de la suerte de los cautivos, la venta de cadáver, doble pago de rescate, cambiar un familiar que pagó por otro y cobrar de nuevo, burlas, amenazas, insultos y otras formas de vulneración emocional que se emplearon sin consideración del sufrimiento experimentado.«
Por otra parte, La Sala de Reconocimiento determinó la existencia de un patrón de malos tratos de todos los Bloques de las FARC- EP en cuestión. Las narraciones de las víctimas concuerdan en que fueron objeto de:
“Encadenamientos y amarres como forma de castigo y humillación; marchas forzadas sin consideración de sus circunstancias de vulnerabilidad; agresiones físicas y psicológicas con golpes, gritos, burlas, empujones; vulneración total de la intimidad, incluso durante las deposiciones corporales mientras debían ser observadas por guerrilleros armados; la existencia de campamentos donde los encierros eran tales que causaban sufrimiento adicional por hacinamiento, falta de luz, aire e higiene básica; falta de atención en salud, incluso cuando podían brindarla; comida insuficiente y en mal estado.”
La mayor parte de los secuestros se realizaron entre 1998 y 2001
Conforme al documento entregado por la JEP, el Tribunal Especial llama la atención sobre el mayor pico de secuestros y su coincidencia con el periodo de la Zona de Distención (1998 y 2001), periodo que corresponde al gobierno del expresidente Andrés Pastrana.
Asimismo, la JEP —tras el contraste de cifras con bases de la Fiscalía General de la Nación, FONDELIBERTAD, País Libre y del Centro Nacional de Memoria Histórica— determinó que las cifras que pesan sobre el accionar en el conflicto armado arrojan, por ejemplo, que hay identificadas con nombre y cédula 21.896 víctimas de secuestro. El Bloque Oriental es el que habría cometido más este delito pues los departamentos más afectados fueron Guaviare, Vaupés, Caquetá, Meta, Vichada, Arauca y Casanare.
De las víctimas identificadas, según el informe, sólo el 55% de los datos reportan la edad de la víctimas; el 5% eran niños, niñas y adolecentes, de las cuales el 47% eran niñas.
Frente al tema de desaparición, según el tribunal, “al contrastar este listado con el listado de reportados como muertos y desaparecidos en el RUV (Registro Único de Víctimas), la Sala identificó que el 8,7% de las víctimas de secuestro fueron desaparecidas y el 2,9% asesinadas con entrega de cuerpo”.
Respuesta del antiguo secretariado
El partido COMUNES —anteriormente conocido como Fuerza Alternativa Revolucionarias del Común— señaló que “el secuestro fue una práctica de la que no podemos sino arrepentirnos, sabemos que no hay razón, ni justificación para arrebatarle la libertad a ninguna persona.” Además, resaltaron que reiteran “su compromiso para rendir cuentas ante la justicia.”
A medio día se dio a conocer un comunicado ante la opinión pública firmado por Rodrigo Londoño Echeverri, Jaime Alberto Parra, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Alape Lascarro, Julián Gallo Cubillos y Rodrigo Granda Escobar. Llama la atención que falta la firma de Milton de Jesús Toncel Redondo (Joaquín Gómez).
En la misiva señalaron que los firmantes de la paz están comprometidos con el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición (SIVJRNR). En este sentido y habiendo recibido el Auto 19 de 2021 el 26 de enero; señalaron que “nos encontramos con nuestro equipo de defensa en el estudio de éste y nos pronunciaremos cuando ese estudio haya concluido y definamos nuestra posición ante el mismo en el tiempo destinado jurídicamente para ello”.
Se refirieron a que tal como lo hicieron en sus comparecencias relación al caso de secuestro, a través de aportar verdad y la contribución al esclarecimiento de los hechos en el marco de las demandas de las víctimas, mantendrán las mismas conductas de cara al SIVJRNR. Concluyeron saludando los avances de paz “que demuestra la solidez de los instrumentos creados por el Acuerdo Final de Paz y pedimos que se respeten las rutas establecidas en estos procedimientos”.
Algunas reacciones
El expresidente Juan Manuel Santos señaló desde su cuenta de Twitter que: La @JEP_Colombia da un paso trascendental para consolidar la paz en Colombia.
«La decisión hoy de la JEP es trascendental.» Así la calificó desde su cuenta de Twitter Humberto de la Calle Lombana, quién presidió el equipo negociador de paz con las Farc.
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