“Pienso en mi hijo y espero que en sus velas libres soplarán los vientos que él mismo escoja»… Este es el pasaje con el que cierra Sol Camacho su poema sobre la desaparición forzada. En Colombia hay centenares de jóvenes que salieron a protestar en las calles y no han vuelto a sus casas. Sus familias y amistades les buscan y ante sus preguntas el Estado colombiano no está dando respuestas… el tiempo corre y, en palabras de Luz Marina Monzón —directora de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD)—, “cuando se trata de desaparición forzada cada segundo cuenta”.
En medio del Paro Nacional que se desarrolla en Colombia; una de las protagonistas es la zozobra cuenta de las denuncias de casos de desaparición forzada a manos de la Fuerza Pública. Según 26 organizaciones serían 379 personas, la Defensoría del Pueblo solo ha dado registro de 87 casos y la Fiscalía General de la Nación 38. De acuerdo con Temblores ONG son, hasta el momento, 37 víctimas de violencia homicida presuntamente a manos de la Policía Nacional de Colombia y, con la situación de denuncias de desapariciones, la sociedad colombiana espera que el Gobierno Nacional tome cartas en el asunto y no se registren más asesinatos.
La situación de incertidumbre se agudiza debido al débil trabajo institucional para hacer frente a las denuncias. Por esta razón, desde La Fundación Pares decidimos hablar con Luz Marina Monzón quien a pesar de reconocer que la UBPD —como instancia creada a partir del Acuerdo de Paz entre el Estado colombiano y la antigua guerrilla de las FARC-EP— no tiene competencia para emprender la búsqueda de las personas desaparecidas en los recientes días; continúa impulsando una articulación entre las organizaciones y la institucionalidad colombiana para dar con el paradero de los y las centenares de jóvenes que no aparecen. Amparándose en velar por las Garantías de No Repetición en el marco de la Justicia Transicional.
Las organizaciones, por su parte, le han manifestado a la UBPD que se están cometiendo acciones que hacen que la vulnerabilidad de las personas frente a la desaparición sean muy altas. Esto debido a que de las personas que están siendo retenidas por la Fuerza Pública no se tiene suficiente información a dónde son llevadas, a las familias les están negando información clave para dar con paraderos, también, que no les están permitiendo hablar con sus abogados y están cortando la información. No hay registros de ingresos de las personas en los lugares de detención.
Según el relato de Luz Marina la historia colombiana ha demostrado que estas son circunstancias que han favorecido a que se perpetren desapariciones forzadas en el país. Un país como Colombia que en su historia suma más desapariciones forzadas que las registradas en las dictaduras de Argentina y Chile.
El mensaje de Luz Marina es que la historia no se puede repetir pues, por ejemplo, ya existe una ley (589) que tipifica el delito de la desaparición forzada en la que en su artículo 12 señala que el Estado colombiano debe generar y asegurar que existan registros claros en los lugares de detención de manera que pueda verificarse la situación de la persona que esté bajo un arresto o detención.
Según el relato de Luz Marina la historia colombiana ha demostrado que estas son circunstancias que han favorecido a que se perpetren desapariciones forzadas en el país. Un país como Colombia que en su historia suma más desapariciones forzadas que las registradas en las dictaduras de Argentina y Chile.
El mensaje de Luz Marina es que la historia no se puede repetir pues, por ejemplo, ya existe una ley (589) que tipifica el delito de la desaparición forzada en la que en su artículo 12 señala que el Estado colombiano debe generar y asegurar que existan registros claros en los lugares de detención de manera que pueda verificarse la situación de la persona que esté bajo un arresto o detención.
También hace un llamado para que el Gobierno Nacional atienda al marco jurídico internacional en el que está Colombia en materia de desaparición forzada. E insiste en que es necesario que se utilicen las herramientas que se crearon por medio del Acuerdo de Paz como lo es la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas.
“Tener hoy personas que llevan 15, 20 y 30 años buscando a sus seres queridos porque nunca tuvieron herramientas son cosas que no pueden volver a pasar. Ojalá, y es a eso que le debemos apuntar, es que no haya desaparición (…) Pedimos, entre otras cosas, que se divulgue y se haga evidente en las páginas de las instituciones el claro mensaje que no se necesitan 72 horas para que las personas puedan buscar a sus seres queridos. Hicimos ver cómo un minuto puede ser la diferencia entre la vida, la muerte y la desaparición.”
A continuación encontrará la entrevista completa en la que se encuentran recomendaciones que considero importantes para que sean tomadas en cuenta por parte de las instituciones del Estado Colombiano, atendidas por el Gobierno Nacional, por las organizaciones de Derechos Humanos para estructurar una ruta de acción inmediata para atender las centenares de denuncias.
Pares: ¿Qué acciones considera necesarias para evitar que se consoliden estos casos de denuncia en desapariciones forzadas?
Luz Marina Monzón (L.M.M.): es indispensable que hayan registros rigurosos, detallados y actualizados en los centros de detención de las personas, a donde son llevadas las personas. Estos registros tienen que estar accesibles a la población para que puedan saber cuál es el paradero de la persona que ha sido detenida. Esta es una primera medida urgente y resulta igual de urgente que la Procuraduría General de la Nación apoye la verificación de que estos registros existen y que están en funcionamiento.
A su vez que las autoridades, en el ejercicio de sus funciones, permita la plena identificación para que las familias y la población pueda saber a quienes dirigirse y a dónde dirigirse cuando las personas son detenidas. Además, porque si son detenidas por particulares son justamente las situaciones generan que no haya a quien acudir para pedir información sobre la suerte y paradero de una persona.
Asimismo, debe asegurase que la persona detenida tenga acceso a un abogado, que esa persona tiene posibilidades de comunicarse con su familia…. Todo esto son derechos que existen desde hace mucho rato y que se encuadran dentro del debido proceso, también en el estándar de legitimidad de la acción del Estado.
La iniciativa de la mesa de información de desapariciones y homicidios que focalice los esfuerzos en atender lo que está pasando en el marco del Paro puede ser una buena práctica. Debido a que orienta a las personas a acudir a un lugar que está concentrando toda la situación de desaparición.
Esto permitiría que las personas no den vueltas por todo lado y luego no sepan finalmente quién quedó con la solicitud de búsqueda que se hizo; sino que además le permitiría a la institucionalidad ir reconociendo cuáles son las denuncias más frecuentes e ir tomando medidas para que no se repitan… para que se remedien, para que se controlen si es que se están reportando irregularidades en la actuación de los servidores y servidoras públicas.
Pares: ¿Cuál es la iniciativa de la UBPD frente a los casos de denuncia de personas presuntamente desaparecidas de manera forzada en el marco del Paro Nacional? ¿Cómo va el diálogo con la Fiscalía General de la Nación y la Defensoría del Pueblo?
Luz Marina Monzón (L.M.M.): Primero resulta necesario hacer salvedades que dan a lugar.La UBPD tiene una competencia excepcional y cuando en el Estado la otorga; significa que dicha competencia está limitada, por varias circunstancias. Por ejemplo, qué es exactamente lo que va a hacer, sobre qué puede pronunciarse pero también en el tiempo.
Por otro lado, esta excepcionalidad indica que hay una estructura del Estado paralela que es la que debe generar todas las condiciones de garantías. Aclarado esto, la UBPD es un mecanismo excepcional pero en el marco del modelo de Justicia Transicional. Ahora bien, cuando hay un modelo de Justicia Transicional en cualquier Estado se parte del supuesto que ha habido una ruptura democrática o un conflicto armado que ha debilitado el Estado de Derecho o ha habido una guerra internacional y, entonces, es necesario reestablecer las condiciones para retomar los causes democráticos y las garantías en un Estado.
Así como cada modelo de Justicia Transicional tiene una competencia muy específica. Para el caso colombiano, en términos generales, la UBPD tiene la responsabilidad de buscar a quienes fueron desaparecidos en el conflicto armado colombiano.
Pero, cualquiera que sea el mandato diferenciado que tengamos las tres instancias creadas en el Acuerdo de Paz —Comisión de la Verdad, Jurisdicción Especial para la Paz y Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas— como sistema debemos apuntarle a la Garantías de No Repetición. Entonces, le apuntamos a estas garantías tomando las decisiones y haciendo lo que se nos dijo que debíamos hacer pero proyectando las transformaciones que el Estado debe hacer para que esto, las desapariciones forzadas, no se repitan.
En este sentido, la UBPD ha sido creada porque el modelo judicial de búsqueda en Colombia se ha mostrado insuficiente e ineficaz para brindar una respuesta rápida a los familiares respecto a esa incertidumbre que se genera con la desaparición forzada. Desde la UBPD decimos que no vamos a buscar a las personas que ahorita están desapareciendo porque no tenemos competencias para hacerlo.
Sin embargo, eso no significa que como nosotros podamos advertir cuáles son los riesgos de las falencias del Estado e intervenir bajo la lógica de las Garantías de No Repetición. De esta forma, podernos dirigir al Estado para que se articule inmediatamente para que puedan darle respuestas a los familiares que están buscando a sus seres queridos reportados como desaparecidos en el marco del Paro Nacional.
Además, resulta primordial que el Estado se ponga en contacto con las organizaciones y abra canales de comunicación para que, oportunamente, actúe y evite la desaparición y —en todo caso— tome acciones rápidas para que no se consolide las desapariciones que están siendo denunciadas.
Ahora bien, es en este marco que la UBPD decidió facilitar la conversación —este 6 de mayo de 2021— con la Fiscalía General de la Nación y con la Defensoría del Pueblo. Esto con el objetivo de que la institucionalidad hiciera público cuáles son los canales que en este momento están funcionando para atender las denuncias de homicidios y desapariciones en el marco del Paro Nacional.
Asimismo, para que la institucionalidad recibiera directamente denuncias de las organizaciones y diera curso ágilmente a la información que éstas han estado recolectando durante estos días en que se ha desarrollado el Paro.
Pares: ¿Esa promoción de diálogo con la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía cómo va? Teniendo en cuenta ese llamado a la prevención de la consolidación de la desaparición forzada de los casos denunciados… ¿Existe dentro de la promoción del diálogo de la UBPD algunas recomendaciones?
L.M.M: Las 26 organizaciones hicieron unas solicitudes muy concretas. Ellas pidieron que se activara un mecanismo de búsqueda urgente para buscar a todas las personas que han sido denunciadas como desaparecidas. También hicieron solicitudes de información sobre cuáles son los resultados de las búsquedas que han hecho las instituciones. Cómo van las investigaciones en contra de los agentes del Estado respecto de los cuales se han denunciado que han incurrido en abusos. Es decir, pidiendo básicamente respuestas sobre la acción del Estado sobre estas denuncias que se han hecho.
Nosotros como UBPD escuchamos de las organizaciones que hay un montón de circunstancias que hacen que la vulnerabilidad de las personas frente a la desaparición sean muy altas. Esto se evidencia en denuncias como que las personas están siendo retenidas por la Fuerza Pública y no se tiene noticia a dónde son llevadas y, cuando las familias, finalmente, saben donde están se les niega información sobre si siguen ahí, en qué estado están, cómo están… Adicional a que no les permiten hablar con los abogados y les están cortando la comunicación. Es decir, no tienen un celular disponible, ni nada.
Asimismo, las organizaciones señalan que cuando se dirigen a estos sitios de detención no aparecen registros de ingreso de las personas. Todas estas circunstancias son las que históricamentehan favorecido las desapariciones forzadas. No lo estoy diciendo yo, ni lo está diciendo la UBPD; eso se ha dicho en el curso de las desapariciones desde 1977 en este país.
Por esta razón, tanto organismos internacionales, como el grupo de trabajo de desapariciones forzadas, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos le han dicho al Estado: que tiene que tomar acciones para que esos registros sean claros, actualizados, completos y sean accesibles para poder proteger a las personas y prevenir la desaparición.
Por ejemplo, partiendo de que cuando se aprueba la Ley 589 del 2000 que tipifica el delito de desaparición forzada y se crea la Comisión de Búsqueda; también plantea una obligación muy específica en esta materia que es el artículo 12. Ese artículo dice que el Estado deberá generar y asegurar que existan registros claros en los lugares de detención de manera que pueda verificarse la situación de la persona que esté bajo un arresto o detención.
Entonces, en la reunión lo que le pedimos a la Defensoría y a la Fiscalía es que se tomarán acciones para que estos registros estuvieran actualizados y se verificará que realmente están funcionando. También que se tomarán acciones inmediatamente para cumplir unas recomendaciones que ha hecho la Defensoría en relación con la Policía y es que debe, entre otras, no ocultar la identificación para que puedan ser supervisadas sus conductas.
En la reunión lo que decía la Defensoría es “sí, nosotros hemos dado muchas recomendaciones pero la verdad tenemos que reconocer que no se han implementado”. No puede ser que en este contexto digan que no se han cumplido… hay que exigir que se cumplan inmediatamente.
Las denuncias que acá se están haciendo son denuncias que muestran el riesgo en que se encuentran las personas y es necesario tomar acciones de manera inmediata. Pedimos, porque no se ha cumplido, que se divulgue y se haga evidente en las páginas de las instituciones el claro mensaje que no se necesitan 72 horas para que las personas puedan buscar a sus seres queridos. Hicimos ver cómo un minuto puede ser la diferencia entre la vida, la muerte y la desaparición.
Acciones inmediatas para prevenir y para no repetir lo que dio lugar a la desaparición forzada en el pasado en Colombia.
Pares: ¿Qué dijeron sobre esas recomendaciones?
L.M.M: Dijeron que sí, que les parecía muy bien. Pero entonces yo lo que creo es que hay que hacerle seguimiento a esto. Nosotros no podemos hacerlo, nosotros estaremos escuchando a las organizaciones en el entendimiento del marco de nuestras competencias para llamar la atención sobre cómo tiene que tomar el Estado acciones para que esto no se repita.
Pero más allá de eso no tenemos competencia para hacer una vigilancia que le correspondería a la Procuraduría General de la Nación, por ejemplo. O a las organizaciones de la sociedad civil. Yo creo que es muy importante que las organizaciones hagan unas solicitudes formales a estas instituciones diciendo que se necesitan saber cuáles son las medidas que se están tomando para la prevención de la desaparición en Colombia.
Pares: ¿Por qué hay tanta diferencia entre las cifras de la Defensoría, la Fiscalía con las que recogieron estas 26 organizaciones? ¿Qué pasa ahí?
L.M.M.: En la reunión las organizaciones explicaban que la Fiscalía les dice que la información está incompleta. En este sentido, la Fiscalía arguye que es muy difícil poner en marcha acciones si la información no está completa. Por su parte, las organizaciones lo que le dijeron a la Fiscalía fue que ellas –las organizaciones— están actuando a pesar de las limitaciones de recursos y de condiciones.
Además, las organizaciones han señalado que están siendo objeto de ataques pero, aún con todas las limitaciones, están tratando de poner en conocimiento de la Fiscalía la información tal como la están recibiendo. Las organizaciones alegan que no puede ser que les pidan que la información sea completa porque no hay posibilidad de que eso sea así. Las organizaciones insisten en que la Fiscalía debe ser quien verifique e investigue porque como órgano tiene las facultades y capacidades para hacerlo.
Pares: ¿A qué se debe, por ejemplo, la ausencia de la Procuraduría en el diálogo del 6 de mayo sobre las denuncias de desaparición en el marco del Paro?
L.M.M.: No lo sé. No sé por qué no estuvo la Procuraduría General de la Nación. En el marco de lo que ha venido sucediendo en el marco del Paro en relación con desapariciones y homicidios fue creada un espacio llamado ‘Mesa de Información de desapariciones y homicidios’ que es una especie de espacio de coordinación y opración para responder a esta situación.
En esa mesa están, principalmente, —de acuerdo a lo que nos dijeron en la reunión— Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la Nación, Policía Judicial (constituida por el Cuerpo Técnico de Investigaciones* (CTI), DIJIN, SIJIN) y Medicina Legal. Ellos dijeron que, en relación con Procuraduría le habían hecho una invitación para que apoyara este esfuerzo y que la Procuraduría había expresado, en principio, que estaba interesada en apoyar pero lo cierto fue que no asistió a la reunión.
Pares: ¿Qué mensaje le daría al país frente a esta situación en la que se reportan 379 personas desaparecidas en el marco de este Paro Nacional?
L.M.M.: Hoy existen un conjunto de recursos jurídicos que en el pasado en Colombia no existían. Existe un mecanismo de búsqueda urgente, existe como delito la desaparición forzada, existen funciones otorgadas a instancias para poder responder a estas situaciones como lo es el caso de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas. Esta, por ejemplo, es liderada por la Defensoría del Pueblo y congrega a distintas instituciones, incluida la Fiscalía General de la Nación.
Existen, a su vez, mecanismos de protección de Derechos Humanos representados, de alguna manera en el territorio, como las Naciones Unidas que realizan labores humanitarias en determinados momento de vulneración. En suma, este conjunto de mecanismos que sirven como herramientas para poder solicitar el apoyo y protección de las autoridades.
Resulta indispensable poner en marcha estas herramientas porque esta es la única manera de garantizar que no se repita la desaparición forzada de la forma en cómo ocurrió el conflicto armado. De hecho, durante el conflicto armado las víctimas no tenían un delito de desaparición forzada, no tenían un mecanismo de búsqueda urgente, las víctimas no tenían instituciones encargadas de protección específicamente en relación con la desaparición. En este momento sí existen en Colombia y es necesario hacer uso de esas herramientas para que respondan a esta protección que le es exigida.
Además, el Estado colombiano se encuentra vinculado jurídicamente a varios tratados internacionales que le impone unas obligaciones de protección en este momento. Hay que hacer todo lo posible por utilizar estos mecanismos, hay que generar herramientas creativas que hagan que las instituciones se articulen y respondan rápidamente.
Hay que hacer todo lo posible por parte de la sociedad civil para que exijan a través de los mecanismos que ya existen la búsqueda. También, por parte del Estado poner en desarrollo con la mayor eficacia y oportunidad posible los mecanismos que existen para brindar el apoyo de manera que a nadie se le someta a un sufrimiento en el tiempo, los años, los días… sin saber qué pasó.
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