Por: Naryi Vargas, investigadora de la Línea Conflicto, Paz y Postconflicto – Pares
El restablecimiento de derechos para las víctimas de despojo siempre ha corrido el riesgo de no ser satisfactorio: siete años después de que se pusiera en marcha lo dispuesto en la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que tiene una vigencia de 10 años, sólo se han restituido cerca de 237.679 hectáreas de un aproximado de 6 millones . En este gobierno el panorama no parece mejorar. Miembros del Centro Democrático, como José Obdulio Gaviria y María Fernanda Cabal, han manifestado abiertamente su rechazo a la Ley, y empresarios cercanos al partido, como José Félix Lafaurie, han manifestado que esta “no es otra cosa sino la cuota inicial del control territorial de ciertos actores armados”.
Se identifican tres nuevas situaciones que evidencian el fin para la restitución de tierras. La primera tiene que ver con el proyecto de ley que radicó la senadora María Fernanda Cabal el pasado 5 de septiembre. Dicho proyecto pretende la modificación de la Ley 1448 de Víctimas en dos elementos claves: la carga probatoria y la segunda instancia, ambos dirigidos a evitar la revictimización y a hacer más expedito el proceso necesario para la garantía de los derechos de verdad, justicia y reparación.
La carga probatoria hace referencia a la responsabilidad que tiene una de las partes para probar que actúa acorde a la ley. Para el caso de los procesos de restitución, la Ley de Víctimas establece que quien debe asumirla es el propietario del predio despojado, es decir, debe demostrar que el predio es suyo y que lo adquirió de buena fe. Para la Senadora Cabal, esto ya no debe ser así. Su propuesta consiste en que sean las víctimas quienes se tomen el trabajo de probar que el predio despojado sí era de ellos y que por diferentes razones resultó en manos de otros.
Esto, además de incurrir en la revictimización y desconocer el estado de vulnerabilidad de las personas víctimas de desplazamiento y despojo forzado, supone que los propietarios actuales actuaron de buena fe, lo que los exime de asumir cualquier responsabilidad en el marco del conflicto armado. Mata dos pájaros de un solo tiro, pues no sólo es predecible que en un proceso de este tipo las víctimas no tengan la capacidad técnica ni el apoyo suficiente para probar que sus predios fueron despojados y adquiridos (de buena o mala fe) por otros, sino que además supone que todos los “segundos ocupantes” actuaron de buena fe.
Respecto a la segunda instancia, se pueden hacer dos afirmaciones. En primera medida, el tiempo que se tardaría en resolver un pleito de restitución sería casi el doble. Y en este punto es importante recordar que en una segunda instancia la garantía de que el predio sea restituido a la víctima es menor, pues esta puede desistir del proceso por cuestiones de seguridad o presión del segundo ocupante, hechos que ya se han venido presentando.
En un debate de control político realizado en 2015, María Fernanda Cabal, quien fue la representante legal de la Fundación Colombiana de Ganaderos, había anunciado la necesidad de reformar la Ley de Víctimas, pues en su concepto beneficia a los reclamantes de tierras que son “vagos que no quieren trabajar” y perjudica a los segundos ocupantes, a quienes les viola el derecho al debido proceso y al principio de buena fe.
La segunda situación consiste en las consecuencias que traerá el Decreto 1167 de julio de 2018, que pone un plazo de tres meses para la inscripción despojados y abandonados forzosamente en las zonas microfocalizadas, es decir, cierra el 11 de octubre de este año. Si bien este fue expedido en el gobierno Santos, la postura del presidente Iván Duque y su partido al respecto no augura ninguna medida para evitar los perjuicios que traerá.
Es importante entender que el trámite de la inscripción no se surte por diferentes razones: (i) en algunos casos la URT no ha desarrollado los procesos necesarios para informar a las víctimas sobre los trámites y requerimientos para que sus derechos sean restablecidos; (ii) el trámite es muy complicado y las víctimas no logran acceder a la ruta: según la Comisión Colombiana de Juristas, de 88.489 solicitudes de inscripción en el registro de tierras despojadas solo 22.711 han sido inscritas de forma efectiva , y (iii) en otros casos más complicados, las víctimas aún no se han inscrito porque no sienten las garantías de seguridad física o jurídica para activar la ruta dispuesta para que les devuelvan sus predios. Esto es entendible con suficiencia, y es que, por un lado, los asesinatos contra reclamantes de tierra han aumentado y, por otro, los despojadores son los dueños de sus predios o actores activos con poder en el territorio, y no sólo en el ámbito del crimen, sino con nexos con élites políticas, económicas y funcionarios públicos, lo cual desincentiva a las víctimas o les genera temor para comenzar un pleito jurídico.
El tercer hecho que preocupa tiene que ver con el nombramiento del nuevo director de la Unidad de Restitución de Tierras Andrés Castro, quién fue director (e) de Planeación Desarrollo Sectorial de la Federación Nacional de Cultivadores de Palma de Aceite – Fedepalma. Al respecto, es necesario resaltar el conflicto de intereses que esto acarrea, pues en Colombia ha habido un proceso de despojo activo que desarrollaron grupos paramilitares en alianza con empresarios de la palma. Este fenómeno se dio particularmente en cinco departamentos del país: Bolívar, municipios de María La Baja y El Peñón; Magdalena, en Zona Bananera y Ciénaga; Chocó, sobre todo en el Bajo Atrato; cinco municipios de Cesar y, por último, Nariño, en la ronda del Río Mira. Los procesos de restitución en estas zonas aún están activos, y el nombramiento de un palmero en la URT puede resultar siendo un favorecimiento a este gremio que ha colaborado con el despojo.
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