top of page

¿Quiénes están detrás de la idea de unificar periodos locales y nacionales?

Por: Mateo Quintero, Redacción Pares


El 16 de octubre se aprobó en la Comisión Primera de la Cámara uno de los ocho debates necesarios para adelantar el acto legislativo No. 105 de 2018, que tiene como propósito la ampliación de periodos para alcaldes y gobernadores hasta el 2022. Esto ―han argumentado representantes del Partido de la U, Cambio Radical, Partido Conservador y Centro Democrático― con el fin de unificar periodos con el presidencial. Es decir, los cuatro años de presidente, congresistas, alcaldes, gobernadores, concejales, diputados y ediles, empezarían y culminarían al mismo tiempo.

De los 38 miembros que conforman la Comisión Primera, 22 votaron a favor y 6 en contra. Los principales representantes que votaron a favor fueron Samuel Hoyos, Gabriel Santos, José Jaime Uscátegui, del Centro Democrático y José Daniel López, de Cambio Radical. ¿Quienes son?

Varios representantes han afirmado que la propuesta es peligrosa, pues no habría elecciones en el 2019 como se tenía estipulado. El artículo transitorio que pretende reformar la Constitución dice que “[Los alcaldes] continuarán sus funciones hasta el 19 de julio de 2022. Sus sucesores se elegirán en el año 2022 para el periodo constitucional, que iniciará el 20 de julio de ese año”.

La propuesta pretende cambiar el artículo 261 de la Constitución que dice que “la elección del Presidente y Vicepresidente no podrá coincidir con otra elección. La de Congreso se hará en fecha separada de la elección de autoridades departamentales y municipales”. En este sentido, si se cambia este artículo, los alcaldes vigentes podrían ‘atornillarse’ en el poder, pues ampliaría su cargo hasta el 19 de julio de 2022, es decir, un año y siete meses más. Por otro lado, la reforma sería inconstitucional, pues el electorado votó por un mandato de 4 años y no por una extensión a 6.

Además de esto, la propuesta abrió otro debate, varios representantes y senadores terminaron hablando del actual alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa. El senador Gustavo Petro le dijo a la revista Semana “no le veo más lógica que Vargas Lleras quiera mantener a Peñalosa dos años más en el poder. En Bogotá hay unos negocios muy jugosos que no han podido hacer en tres años: quién gana la licitación del metro elevado que es un esperpento, llevan tres años suspendiendo el subterráneo sin ninguna razón válida para hacer un negocio con los buses, en donde amigos de Vargas Lleras tienen intereses.”

También se pronunció Rodrigo Lara, actual senador de la República, quien dijo que “nos tocaría aguantarnos dos años más de malos alcaldes como Enrique Peñalosa, que pretende destrozar la carrera 7 con el Transmilenio, que no ha hecho nada en materia de movilidad (…) que tiene convertido en antros de politiquerías a varias alcaldías locales”.

El representante del Polo Democrático Germán Navas Talero tildó el asunto de “inmoral” y afirmó que “de ahí a las dictaduras para perpetuar mandatarios solo hay un paso”. Sin embargo, aseguró que no es solo por Peñalosa que quieren ampliar el periodo, sino para los 1.101 alcaldes que hay en el país.

Los representantes que votaron en contra fueron:

No votaron los representantes:

¿Qué viene?

Debido a que se pretende cambiar la Constitución mediante el acto legislativo No. 105 de 2018, éste necesita de 8 debates aprobados para poder llevarse a cabo. Aún restan siete debates para que pueda adelantarse ese proceso. Según la Constitución Política de Colombia solo hay tres formas de cambiar la carta magna:

Por el Congreso: el proyecto de acto legislativo podrá ser presentado, entre otros, por el Gobierno o por un número de ciudadanos que equivalga cuando menos al 5 por ciento del censo electoral. El trámite debe hacerse en dos períodos ordinarios de sesiones consecutivos y deben ser aprobados, en la primera vuelta, por la mayoría de los asistentes y en la segunda, por la mayoría de los miembros de cada cámara.

Por una Asamblea Constituyente: cuando el Congreso, mediante ley, cita al pueblo y éste con una mayoría equivalente a la tercera parte del censo así lo aprueba.

Mediante referendo: cuando el Gobierno o los ciudadanos, en número equivalente al 5 por ciento del censo electoral, solicitan al Congreso su convocatoria, lo cual hará mediante ley. En este caso, la reforma constitucional por la vía del referendo deberá ser aprobada por más de la mitad de los sufragantes, debiendo el número de estos exceder de la cuarta parte del censo electoral.


bottom of page