Por: Guillermo Linero
Buena parte de la ciudadanía no comprende la demora de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, en la elección del remplazo legal del ex fiscal Francisco Barbosa; y es natural que así sea, pues tal demora se escapa del sentido común. En efecto, el sentido común es una virtud compartida por la especie humana, fundada en la capacidad de observar al mundo, y a los hechos que ocurren en él, de similar manera; pero, especialmente, es una virtud fundada en la capacidad de visualizar nuestros problemas (como que no hayan elegido a un fiscal en propiedad y en su remplazo hayan puesto a una persona señalada de graves delitos) y fundada también en la capacidad para visualizar la solución inmediata, cuando esta es obvia (como en este caso que nos ocupa, donde elementalmente se trata de elegir en calidad de fiscal a una de las ternadas por el presidente Gustavo Petro, pues no de otra manera lo dicta la Constitución Política de Colombia).
No obstante, más allá del sentido común, los magistrados tampoco son entendibles desde el sentido lógico, que es precisamente el encargado de dar respuesta a los problemas advertidos por el sentido común. De hecho, el sentido lógico es la capacidad de las personas para solucionar problemas activando su cognición; es decir, contrastando hechos (como los indicios delincuenciales que afectan a la fiscal general encargada, con las inmaculadas trayectorias laborales de las ternadas); pero igualmente confrontando ideas (como las ideas guerreristas de los presidentes que gobernaron hasta 2022 y las ideas pacifistas del presidente Gustavo Petro). La dinámica intelectual que exige el sentido lógico es tan simple, y tan corriente en la media cognitiva de los políticos y de los funcionarios estatales, que resulta difícil imaginar a un magistrado rompiéndose los sesos para llevarla a cabo.
Lo cierto es que esos ciudadanos perplejos que manifiestan no entender bien la falta de eficiencia de los magistrados, todos comprenden por cuenta del sentido común que la Constitución, al determinar el periodo de un fiscal está determinando implícitamente que al llegar a su término, en ese mismo momento, comienza el periodo de su sucesor y no de un poderhabiente que lo perpetúe. El artículo 249 de la constitución señala que: “El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido”.
Lo rector de ese dictamen constitucional, aunque en él nada se diga de ello –pues las normas y las leyes son igualmente para interpretarlas- es que debemos acoger el artículo 249 al pie de la letra, por una estricta razón: la fiscalía es una institución encargada de perseguir a los criminales y no puede haber en ella pausas de interinidad sólo porque los magistrados de la Corte no hayan sido capaces de escoger un nuevo fiscal, pues esta interinidad podría ser una suerte de tregua para los delincuentes.
En efecto, se escapa del sentido común que luego de haber examinado las hojas de vida de las ternadas, que luego de entrevistarlas y haberlas validado como integrantes de la terna, ahora se contradigan invalidándolas; y se escapa del sentido común porque lo han podido haber previsto y evitarse la inútil figura del voto en blanco. De hecho, votar en blanco significa que ninguna de las ternadas estaba facultada para el cargo cuando las examinaron, y apenas ahora, tal vez por pruebas sobrevinientes que desconocemos, advierten que no son dignas o aptas para la conducción de los asuntos de la fiscalía.
En medio de todo, y como no podría faltar, llama la atención que los periodistas y los políticos que consienten las malas maneras de los magistrados, de la fiscal y de la procuradora, se pongan de acuerdo en profesar que la Corte es intocable, como lo eran en los tiempos monárquicos los séquitos del rey. Por tal razón, tal vez los magistrados piensen que pueden ocuparse el tiempo que les venga en ganas para tomar sus decisiones.
Empero, lo único verdadero es la falsedad del criterio propagado acerca de que es irrespetuoso, o que constituye un signo de expresión indebida contra la Corte, pedirles a los magistrados plegarse al sentido común, obedeciendo lo que la constitución implícitamente establece, o plegarse al sentido lógico, reflexionando acerca de que las consecuencias en materia de persecución al crimen, por su alta peligrosidad no resisten tregua alguna; sobre todo en un país que ha sido gobernado, o al menos eso es lo que cada vez se nos hace más claro, por una narcocracia inescrupulosa y manipuladora de los gobernantes.
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