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La Paz Total: entre la negociación y el sometimiento a la justicia

Por: Juan Alejandro Pérez, Asistente de Investigación

Línea Democracia y Gobernabilidad


El 24 de octubre, con 61 votos a favor y 13 en contra, fue aprobado en la plenaria de Senado en tercer debate el proyecto Ley 160/22 en Cámara y 181/22 en Senado “por medio del cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997, se define la política de paz de Estado, y se dictan otras disposiciones”, que tiene como objeto definir la política de paz de Estado que busca consolidar la política de Paz Total planteada por el Gobierno Nacional. Las modificaciones a la Ley 418 las hacen todos los gobiernos para poder establecer un marco de acción para la búsqueda de la convivencia y la eficacia de la justicia.

¿Qué se eliminó?

Por decisión del Gobierno Nacional, luego de varias reuniones con la bancada oficialista, se eliminaron los artículos 16 y 17, los cuales en su momento causaron polémica entre los congresistas y algunos sectores de la opinión pública debido a que se otorgaban indultos a integrantes de las primeras líneas que fueron capturados y judicializados en el marco del Paro Nacional. Al igual que también se le otorgaban facultades al presidente de la República para diseñar el marco normativo para el sometimiento a la justicia de grupos delincuenciales. Estos artículos, según lo anunciado por el ministro del Interior, Alfonso Prada, serán presentados en un proyecto de ley aparte.

Al igual que los artículos 16 y 17, la creación del Servicio Social para la Paz como mecanismo complementario al servicio militar obligatorio se cayó en la plenaria del Senado. Pero a diferencia de los ya mencionados artículos, el Servicio Social para la Paz buscará sobrevivir en el cuarto y último debate, que se está dando en la plenaria de la Cámara de Representantes. En caso de que se apruebe en Cámara, deberá pasar a una Conciliación entre Cámara y Senado.

¿Qué se aprobó?

Gran parte del articulado presentado por el Gobierno Nacional fue aprobado en la plenaria del Senado. Entre los artículos que más sobresalen se encuentra el artículo 2, el cual abre la puerta al Gobierno para dar inicio a procesos de negociación de paz con grupos que tienen agenda política, en este punto pareciera que la negociación sería exclusivamente con el Ejército de Liberación Nacional (ELN).

Además de esto, con este artículo se permite empezar los procesos de acercamiento para sometimiento a la justicia con organizaciones criminales, como las disidencias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), bandas criminales urbanas como la Oficina en la zona del Valle de Aburrá, el Clan del Golfo y otras disidencias paramilitares. Pese a lo anterior, según el ministerio del Interior, Alfonso Prada, sería el Alto Comisionado de Paz, Danilo Rueda, quien definiría las condiciones en que se va a negociar con cada uno de los actores violentos. Lo anterior abre la pregunta sobre si también se negociaría con las disidencias de las FARC o estas solo estarán cubiertas bajo la figura se sometimiento.

Adicionalmente se aprobó la creación de la figura de “Regiones Paz” que, según el senador de la Alianza Verde, Ariel Ávila, son grupos de municipios donde el Estado invertiría recursos para su desarrollo social. Estas “Regiones Paz” entrarían a complementar las zonas más afectadas por el conflicto armado, ZOMAC y las 16 subregiones PDET, que agrupan 170 municipios.

Se crearía el Gabinete para la Paz, donde el Alto Comisionado para la Paz, Danilo Rueda, jugaría un rol fundamental. Este gabinete permitiría que los ministros puedan articularse para adelantar acciones encaminadas hacia la solución de problemas estructurales del conflicto armado, lo que en la práctica aún está por verse cómo funcionaría.

También se consolidarían las Zonas Veredales de Ubicación con el objetivo de llevar a cabo los procesos de dejación de armas, en una etapa más avanzada de diálogos y sometimiento a la justicia.

Por último, se crearía la figura de los “Acuerdos Parciales”, los cuales permitirían desarrollar aspectos de la mesa técnica sobre el cese multilateral al fuego.

¿Qué hace falta?

La prórroga a la ley 418 o Ley de Orden Público fue presentada como ley ordinaria, por lo que tiene que surtir cuatro debates. Uno en Comisión Primera de Senado, uno en Comisión Primera de Cámara, uno en plenaria de Senado y otro en plenaria de Cámara. Los tres primeros debates ya fueron surtidos, de hecho, los debates de Comisiones se dieron a la vez en la figura de Comisiones Conjuntas.

Para que se apruebe la prórroga de esta ley hace falta su aprobación en la plenaria de la Cámara. Después de ello, si el texto aprobado en plenaria de Cámara es diferente al que fue aprobado en plenaria de Senado, debe pasar a Conciliación. Esta conciliación se da entre Comisiones Accidentales de Conciliación tanto de Cámara como de Senado compuesta por varios congresistas que son seleccionados por la Mesa Directiva de ambas Cámaras. La finalidad de esta conciliación es presentar un único texto para que pase a sanción presidencial y a revisión de la Corte Constitucional.

Además de esto, para el sometimiento de la justicia de los grupos delincuenciales hace falta la presentación de una ley que contemple los mecanismos jurídicos de sometimiento. Dicha ley, según lo dicho por el gobierno y su bancada será presentado en las próximas semanas.

El Gobierno Nacional espera que el proyecto que modifica y prorroga la Ley 418 sea aprobado y les otorgue vía libre para iniciar los procesos de negociación entorno a la construcción de paz: negociaciones de carácter político para negociar con el ELN y acuerdos de acogimiento a la justicia para negociar con organizaciones criminales. En caso de aprobarse esta ley, desde noviembre se instalaría la mesa de negociación con el ELN, con lo que se haría un nuevo intento de desarmar a la última guerrilla colombiana.

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