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En septiembre reaparecerán los desconectados

Por: Germán Valencia. Columnista Pares.


A partir del primero de septiembre se comenzará a vivir en Colombia la época pos-pandemia. No será porque se tenga implementada ya una vacuna contra la Covid-19, ni tampoco porque el número de infectados y muertos llegue a niveles muy bajos. Lo viviremos porque la mayoría de los hogares colombianos comenzarán a recibir de nuevo las facturas de los servicios públicos domiciliarios con el pago habitual.


Desde mediados de marzo y hasta el 31 de agosto, cerca de 1.200.000 ciudadanos observaron cómo de nuevo sus hogares pudieron acceder, después de mucho tiempo, a los servicios de agua, aseo o electricidad. El Decreto Legislativo 580 del 15 de abril de 2020 obligó a las empresas prestadoras de estos servicios vitales a la reconexión, suspendidos por la falta de pago. La norma posibilitó, entre otras medidas, la congelación temporal de tarifas, el otorgamiento de plazos de pago de las facturas sin el cobro de intereses y la entrega de alivios económicos para el pago de las facturas a estratos 1, 2 y 3, con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP).


Estas acciones fueron tomadas como medidas para garantizar el derecho de todos los ciudadanos el acceso a los servicios públicos mencionados en medio de la crisis de salud pública provocada por la Covid-19. Además, como una muestra del apoyo estatal a los hogares en medio de la crisis económica más fuerte en la historia del país. El decreto permitió que los mandatarios municipales y distritales pudieran entregar subsidios sobre el pago de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, a los estratos de menores ingresos.


Durante el tiempo que han operado estos apoyos se obtuvieron importantes logros en el país. Se permitió reconectar más de 310.000 familias, que representan alrededor de 1.200.000 colombianos, y se beneficiaron con los subsidios a más de 11 millones de habitantes. En lugares como Bogotá este alivio significó la reconexión de 37.819 hogares, que agrupa aproximadamente a 2,3 millones de usuarios, y un apoyo económico de 26.500 millones de pesos.


Sin embargo, a partir de este 31 de agosto, cuando termine la emergencia decretada por el Gobierno nacional, dichos apoyos llegarán a su fin. La Corte Constitucional declaró al Decreto Legislativo 580 como inconstitucional. Lo hizo, no porque las medidas fueran inapropiadas o no estuvieran acordes con los principios de nuestra Carta Magna, sino por fallas de procedimiento en su diseño. El decreto no fue suscrito por todos los ministros del despacho, faltaron las firmas de los ministros de Salud y Protección Social, y de Ciencia y Tecnología.


De esta forma, ante la ausencia de la norma, de nuevo volverá a reinar en Colombia la Ley 142 de 1994 de forma plena. Con este régimen de los servicios públicos, que cumplirá dentro de pocos años las tres décadas, los ciudadanos adquirieron el carácter de clientes y el consumo del servicio un pago obligatorio.

El Estado debe proteger a los colombianos más desfavorecidos para que mantengan el acceso adecuado a estos servicios. El Estado debe garantizar a los ciudadanos el derecho constitucional a su acceso y utilización (artículos 365 y 366), sobretodo a aquellos que no puedan pagar los servicios debido a la inexistencia de recursos. Imagen: Pares.

La Ley prohíbe la gratuidad, obliga al pago y prevé la desconexión a los hogares cuando no se pague por el servicio. En este modelo la función pública del Estado es sólo la de operar los monopolios de la regulación y la vigilancia y control, que están a cargo de la Comisión de Regulación de Agua (CRA) y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, respectivamente.


A partir del primero de septiembre de nuevo las 310.000 familias, que habían recuperado el estatus de usuarios activos, lo más seguro, volverán a su condición de desconectados. Cifra que aumentará significativamente, pues las miles de familias que antes de la pandemia tenían con qué pagar los servicios ahora se han empobrecido a causa de la recesión económica, y los escasos ingresos que tienen tan solo les alcanzarán para no dejarse morir de hambre.


El mismo gremio que asocia a las empresas que suministran estos servicios reconoce lo complejo de la situación. La Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos (Andesco) ha dicho que la clase media, representada en los habitantes de estrato 3, son los más afectados por la crisis, y que lo más seguro es que ellos se les unirán a los usuarios en situación de desconexión. Según el gremio, muchas personas que se sitúan en este estrato perdieron sus empleos y trabajan en actividades informales, lo que los convierte en hogares más vulnerable y afectarán, sin duda, el pago de los servicios públicos de agua, alcantarillado y aseo.


Ante esta lamentable situación es necesario buscar soluciones para los usuarios de los servicios públicos domiciliarios en Colombia. El contexto de crisis debe aprovecharse como una buena oportunidad para discutir nuevamente el carácter economicista de estos servicios. No debemos permitir que luego de avances ciudadanos como la reconexión, se produzcan retrocesos en el avance de los derechos económicos de los ciudadanos. Debemos proteger a los reconectados y evitar que nuevamente se genere un aumento de la brecha social.


Desde mediados de marzo y hasta el 31 de agosto, cerca de 1.200.000 ciudadanos observaron cómo de nuevo sus hogares pudieron acceder, después de mucho tiempo, a los servicios de agua, aseo o electricidad. El Decreto Legislativo 580 del 15 de abril de 2020 obligó a las empresas prestadoras de estos servicios vitales a la reconexión, suspendidos por la falta de pago. Imagen: Pares.

Es necesario insistir en la prioridad que debe darles el Estado a los servicios públicos de agua potable, saneamiento básico, energía y gas. Estos servicios son determinantes en el mejoramiento de la calidad de vida de las personas y el desarrollo social. El Estado debe proteger a los colombianos más desfavorecidos para que mantengan el acceso adecuado a estos servicios. El Estado debe garantizar a los ciudadanos el derecho constitucional a su acceso y utilización (artículos 365 y 366), sobretodo a aquellos que no puedan pagar los servicios debido a la inexistencia de recursos.


En breve, en las nuevas realidades de emergencia económica y social es necesario de nuevo discutir las responsabilidades del Estado frente a estos servicios públicos esenciales para la vida. Es necesario avanzar en la construcción de realidades que permitan una vida digna, donde el acceso a los servicios públicos del agua, el saneamiento básico y la energía eléctrica no dependan de sí se tiene o no dinero para pagar. Debemos trabajar para que estos servicios estén ligados a los derechos fundamentales, para que el valor de la solidaridad se establezca como rector en la prestación de servicios públicos en nuestro “Estado Social de Derecho”.

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