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¿A punto de hundirse la jurisdicción agraria?

Por: Fredy Chaverra  Politólogo, asesor y consultor. Actualmente se desempeña como investigador y profesor universitario. 


Viene haciendo trámite en el Congreso una de las leyes más importantes en la historia del agro colombiano: se trata de un proyecto de ley estatutaria que busca crear e instalar en la jurisdicción ordinaria la especialidad rural y agraria. Esto con el fin de administrar justicia en los territorios más afectados por la violencia en relación a la conflictividad sobre la posesión y utilidad de la tierra. Así, se busca saldar una deuda histórica que data del periodo de la revolución en marcha (1936) y que ha tenido desarrollos normativos desiguales en las últimas décadas.


Además, es una de las principales promesas de la Reforma Rural Integral (punto 1 del Acuerdo de Paz) y es considerado como un proyecto prioritario en la ruta de implementación. Paradójicamente, es de autoría del Gobierno y ha sido apoyado por las bancadas alternativas. A pesar de ese respaldo, si este proyecto de ley no es aprobado antes del 20 de junio, pasará a los anaqueles de las promesas incumplidas.


¿Por qué una especialidad agraria?

En La Habana se acordó la posibilidad de diseñar un modelo de justicia, con enfoque territorial y diferencial, articulado a los principales ejes de la reforma rural: los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), los Planes Nacionales y el Fondo de Tierras. La figura adoptada fue la de una jurisdicción agraria. Sin embargo, debido a la complejidad procedimental y a los enormes costos que implicaría agregarle a la justicia ordinaria otra jurisdicción permanente (la JEP sí es de carácter transicional), el gobierno Santos decidió promover una especialidad que desde la justicia local llegara a la Corte Suprema de Justicia. Tras esa decisión, se diseñó un proyecto de ley (de naturaleza estatutaria porque se relaciona con la administración de justicia) que infortunadamente no transcendió en el Congreso y se archivó sin un primer debate.


El gobierno Duque se ha interesado por impulsar algunos componentes de la reforma rural, aunque con énfasis particulares (como el cambio en la visión del PDET) y ocasionalmente en contravía del Acuerdo (bajo una metodología de simulación identificada por el Centro de Pensamiento y Diálogo Político). En ese sentido, el 20 de julio de 2020 radicó un nuevo proyecto de ley con 135 artículos sobre la especialidad rural y agraria. Ese si transcendió en el Congreso y solo le faltan dos debates en plenarias de Cámara y Senado para convertirse en realidad.


¿Qué contiene el proyecto en discusión?


En pocas palabras, se fundamenta en la creación de jueces especiales para resolver las conflictividades alrededor de la tierra. Lo anterior, priorizando los municipios más afectados por la violencia y el abandono estatal (territorios PDET). Se contempla la posibilidad de que los despachos sean itinerantes (podrán ejercer sus funciones de manera móvil en todo el territorio nacional), tengan cercanía a las comunidades y estén integrados por un conciliador adjunto. Asimismo, este proyecto de ley privilegia el uso de los métodos de resolución de conflictos y establece la figura del facilitador: una lideresa o un líder social que tendrá formación para orientar al resto de su comunidad en los mecanismos de acceso a la justicia o de resolución de controversias. Sin duda, su aprobación representaría un gran avance en la implementación del Acuerdo de Paz y una impresionante ventana de oportunidad para miles de comunidades sin acceso a la justicia y con serios problemas en relación con la tierra.


El proyecto ha encontrado resistencia entre algunos sectores del uribismo y del conservatismo. Su mayor opositora en la Comisión Primera del Senado fue María Fernanda Cabal. Según la senadora, la ley resultaría innecesaria por su “altísimo costo” y porque “las justicia sobre la tierra ya está cubierta”. Su oposición resulta curiosa (una constante cuando se toca el tema de tierras) ya que el proyecto fue radicado por el Gobierno en cabeza del Ministerio de Justicia. Para resolver algunas inquietudes, se ha precisado que la ley no asume competencias en temas de restitución de tierras y que solo se aplicará a las demandas instauradas con posteridad a su entrada en vigencia (tras la revisión única y automática por parte de la Corte Constitucional).

Afortunadamente, el proyecto fue aprobado en sus dos primeros debates y solo le restan otros dos en las plenarias de las cámaras, pero el tiempo apremia y está en riesgo de hundirse.


¿Por qué se podría hundir?


En la jerarquía normativa las leyes estatutarias solo están por debajo de la Constitución. Son el tipo de leyes más difíciles de tramitar debido a la naturaleza de su procedimiento, que exige: mayorías absolutas, contenidos específicos y un trámite en una sola legislatura (dos periodos consecutivos). Es este último punto el que tiene al proyecto de ley de especialidad rural y agraria en la cuerda floja, ya que, si no es discutido y aprobado en las próximas tres semanas por una amplia mayoría de representantes y senadores en sesiones plenarias, se hundiría y se tendría que empezar nuevamente, desde cero. La ventaja es que se trata de una iniciativa del Gobierno que cuenta con el apoyo de diferentes partidos (opositores y de la coalición gobiernista) y que en junio el Congreso usualmente sesiona con mucha “intensidad”.


De cualquier forma, debemos estar alertas y exigir que sea aprobado este proyecto de ley. Así lo esperan millones de campesinos y campesinas en los territorios más azotados por el conflicto. Nadie duda de que la tierra ha sido el mayor generador de conflicto social y que empezar a regular esas conflictividades es una deuda histórica que se debe saldar de una vez.


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