
En Colombia, hablar de juventud y trabajo es enfrentarse a una contradicción estructural: se exige experiencia, pero no se ofrecen oportunidades. En ese campo minado de promesas incumplidas se ubica el contrato de aprendizaje, una figura que durante décadas ha sido la puerta de entrada a la precarización para millones de jóvenes. Hoy, en el contexto de la reforma laboral de 2025, el debate sobre el SENA y sus aprendices vuelve a tomar el centro de la escena legislativa y pública. Pero la pregunta de fondo sigue sin resolverse: ¿el aprendiz es un sujeto en formación o un trabajador negado?
Un concepto crítico desde el SENA
El SENA, entidad que por décadas ha sido pilar de la formación técnica en el país, emitió un concepto tajante frente a la ponencia mayoritaria del Senado: la reforma, en su estado actual, reinstaura una fórmula “ambigua y regresiva”. El señalamiento no es menor. Según el documento, la propuesta va en contravía de los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y desconoce los avances logrados previamente en la Cámara de Representantes, donde se había planteado el reconocimiento del contrato de aprendizaje como un vínculo laboral especial.
¿Qué cambia —y qué no— para los aprendices?
Actualmente, el contrato de aprendizaje no garantiza acceso a prima, vacaciones, negociación colectiva ni auxilio de transporte. Se trata de un vínculo laboral simulado: útil para las cifras institucionales, pero nocivo en la experiencia cotidiana del joven. “Persistir en un vínculo no laboral implica perpetuar una lógica de excepcionalidad que condena a miles de jóvenes a iniciar su vida laboral desde la desprotección”, advierte el documento del SENA. No es una frase suelta; es una alerta institucional que exige ser tomada con seriedad.
Lo que se ha aprobado y lo que falta
En términos normativos, el artículo 23 recoge los nuevos porcentajes de pago y la cobertura en salud y pensión. El artículo 25 establece una sanción de 1.5 salarios mínimos por cada aprendiz no vinculado, aunque el SENA ha propuesto elevar este valor a 2 salarios para desincentivar la monetización de la obligación. Es decir, evitar que las empresas prefieran pagar una suma en dinero antes que formar a un joven en condiciones dignas.
¿Una reforma para quién?
Para el representante Alfredo Mondragón, también exaprendiz del SENA, el problema es histórico: “La Ley 789 de 2002 convirtió a los aprendices en mano de obra barata. Hoy intentamos corregir esa injusticia”. Pero si el Congreso no da el paso decisivo de reconocer la laboralidad del aprendizaje, el intento quedará a mitad de camino.